M.P. C/ MARCELO SEBASTIÁN LEYTON SOTO
Rol
O-311-2019
Fecha
10 de febrero de 2020
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El 10 de febrero de 2019 cerca de las 13:30 horas, el imputado Marcelo Sebastián Leyton Soto sin contar con licencia alguna, condujo en estado de ebriedad el vehículo todo terreno placa patente única CZ-3256 por la Avenida Carlo De Gavardo Prohens, en la comuna de Caldera. Al enfrentar la intersección de tal Avenida con la ruta de acceso al Puerto Punta Padrones, el imputado, por causa del estado de ebriedad en que se encontraba no reaccionó ante el embotellamiento de vehículos que existía en el lugar y por ello, colisionó la camioneta placa patente única BZHJ-13, a la cual causó daños en la sección posterior. Incumpliendo su obligación de dar cuenta del hecho y permanecer en el lugar, el imputado Leyton Soto huyó del lugar. Cerca de las 14:45 horas, Carabineros llegó al lugar a reunir antecedentes del mismo hecho, donde testigos presenciales señalaron al imputado, por cuanto regresó al lugar. Esto permitió la detención del imputado y, a su vez, que fuere sometido a una toma de muestra de sangre que fue sometida a la prueba de alcoholemia, que evidenció que condujo con una concentración de alcohol en el cuerpo equivalente a 1,45 gramos de alcohol por cada mil de sangre.” SE DECLARA: I. Que se condena a MARCELO SEBASTIÁN LEYTON SOTO, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, MULTA DE UNA (1) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE 2 AÑOS, y a la PENA ACCESORIA DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL, esto es, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como AUTOR del delito de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 196 inciso 1° en relación a los artículos 110, 111 y 209 inciso 2°, todos de la Ley 18.290, en grado de desarrollo CONSUMADO, cometido en la comuna de Caldera el día 10 de febrero de 2019. XPKXXKJKTZ Macarena Karina Muñoz T
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a MARCELO SEBASTIÁN LEYTON SOTO, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, MULTA DE UNA (1) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE 2 AÑOS, y a la PENA ACCESORIA DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL, esto es, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como AUTOR del delito de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 196 inciso 1° en relación a los artículos 110, 111 y 209 inciso 2°, todos de la Ley 18.290, en grado de desarrollo CONSUMADO, cometido en la comuna de Caldera el día 10 de febrero de 2019. XPKXXKJKTZ Macarena Karina Muñoz Toro Juez de garantía Fecha: 12/02/2020 13:36:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II. Que se sustituye la pena corporal impuesta al sentenciado ya individualizado por la de REMISIÓN CONDICIONAL POR EL TÉRMINO DE 1 AÑO, quedando sujeto al c
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SENTENCIA DEFINITIVA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. FECHA: Caldera, diez de febrero de dos mil veinte. TRIBUNAL: Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. MAGISTRADA (I): MACARENA KARINA MUÑOZ TORO RUC: 1900159965-0 RIT: 311 - 2019 IMPUTADO: MARCELO SEBASTIÁN LEYTON SOTO R.U.N. 13.937.354-5 FECHA DE NACIMIENTO 28-03-1980 DIRECCIÓN Avenida Esmeralda N°1209 COMUNA: Caldera DELITO Conducción de veh
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