Juzgado de Garantía de Arica.

MINISTERIO PUBLICO C/ ROMALDO SALAMANCA SALAMANCA

Rol

O-2204-2019

Fecha

10 de febrero de 2020

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “El día 31 de marzo de 2019, aproximadamente a las 00:20 horas, en zona de control Carretero de la Tenencia de Carreteras ubicada en el kilómetro 1968 de la Ruta 5 Norte, XV Región; el imputado ya individualizado, en circunstancias que había hecho ingreso al país por décima vez entre el mes de noviembre de 2018 y marzo de 2019, y se desplazaba como pasajero del Bus de la empresa Sanhueza PPU CTHR-27, con itinerario Arica-Antofagasta; fue sorprendido transportando ocultos sin autorización legal, al interior de su cavidad abdominal, un total de 69 cápsulas cilíndricas de color negro, contenedoras de Clorhidrato de Cocaína, con un peso bruto total de 620 gramos, un peso neto total de 443 gramos y un porcentaje de pureza del 81%, razón por la cual se procedió a su detención, como asimismo a la incautación de un celular marca Nokia de color gris y negro, de la suma de $30.000.- chilenos y de la suma de 900 nuevos soles peruanos, especies y dinero que provenía de la comisión del delito o estaba destinado a su ejecución”. Calificación jurídica: DVBNXKQLEV CARMEN MACARENA CALAS GUERRA Juez de garantía Fecha: 12/02/2020 10:04:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes de drogas, sancionado en el artículo 3° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000. El acusado, debidamente informado de sus derechos, acepta la totalidad de los hechos de la acusación y antecedentes de la investigación e

Fallo

se declara: I. Que se condena a Romaldo Salamanca Salamanca, cédula de identidad N° 14.871.674-9, ya individualizado, a las penas de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, multa de cinco unidades tributarias mensuales, accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos y al comiso de las especies y dinero incautados, sin costas, como autor del delito consumado, de tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en el artículo 3° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000, hecho cometido en Arica el día 31 de marzo de 2019. II. Que cumpliendo el sentenciado los requisitos del artículo 34 de la ley 18.216, se le sustituye la pena corporal por la pena de EXPULSIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL, más la prohibición de retornar a este por el lapso de diez años. Si fuere revocada dicha pena sustitutiva deberá cumplir el saldo de la pena corporal, sirviéndole de abono los 302 días, más todo el tiempo que demore la ejecución de esta pena sustitutiva, durante el cual el sentenciado permanecerá en internación. Ofíciese al Departamento de Extranjería, Ministerio del Interior y Seguridad Pública, para la ejecución de la pena sustitutiva, en un plazo máximo de 60 días, a contar de esta fecha. III. Que la pena de multa impuesta al sentenciado, se tiene por cumplida por el tiempo que permaneció privado de libertad con motivo de esta causa, según la conversión del artículo 49 del Código Pen

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, diez de febrero de dos mil veinte Magistrado CARMEN MACARENA CALAS GUERRA Fiscal JOCELYN CASTILLO ISOPI Abog querellante MARÍA BARRIOS GUTIERREZ por el Ministerio del Interior Defensor VIOLETA DEL CARMEN ALVAREZ RAMIREZ Tipo Audiencia PROCEDIMIENTO ABREVIADO Hora inicio 11:16 Hora termino 11:32 Sala 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio 191001471

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