Juzgado de Garantía de la Serena.

MINISTERIO PUBLICO C/ PEDRO EMERSON BEVILACQUA FARÍAS

Rol

O-2787-2019

Fecha

11 de febrero de 2020

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos “El día 26 de abril del año 2019, alrededor de las 21:20 horas, en el interior de la tienda Paris que está ubicada en el Mall Plaza La Serena, calle Alberto Solari N° 1400 de esta ciudad, el señor BEVILACQUA FARIAS, sustrajo y se apropió de 1 chaqueta marca Lippi de propiedad de la tienda, avaluado en la suma de $99.990, para luego traspasar el lineal de cajas registradoras, sin pagar el valor, fue sorprendido por personal de seguridad, momento en los cuales el imputado sustrajo desde sus vestimentas, un bastón retráctil con el que agredió al funcionario de la tienda y guardia de seguridad Francisco Molina Cortés, le causo este último el imputado, causando lesiones clínicamente leves consistentes en erosión en zona post auricular derecha, una erosión zona posterior de cuello, y finalmente una contusión en la mano derecha, todas estas últimas clínicamente leves, según la constatación de lesiones del afectado, es decir, guardia de seguridad” POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los

Fundamentos

considerando grabados íntegramente en el registro de audio N° 1900450637-8-929-200211-00-02-2787-2019 en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal. Vistos:

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 25, 30, 49, 50, 70, 74, 77, 432, 446 N° 3, 494 N° 5 del Código Penal; artículos 45, 47, 348, 388, 390 y 395 del Código Procesal Penal; y Ley N° 18.216, se resuelve: I.- Que se condena a don Pedro Emerson Bevilacqua Farías, cédula de identidad N° 17.105.887-2, a sufrir la pena de veintiún días de prisión en su grado medio, al pago de una multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 1900450637-8 RIT Nº: 2787 - 2019 DELITOS: Hurto simple por un valor de media a menos de 4 UTM Lesiones leves SENTENCIADO: PEDRO EMERSON BEVILACQUA FARÍAS DJXCXKWBXM CLAUDIO MARCELO AYALA OYANEDEL Juez de garantía Fecha: 11/02/2020 15:14:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl responsabilidad como autor de un delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, en

Texto Completo (Preview)

RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, once de febrero de dos mil veinte Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Claudio Marcelo Ayala Oyanedel Fiscal Lucas Rivera Dubo Defensor Anita Zepeda Cruz Imputado Pedro Emerson Bevilacqua Farías, cédula de identidad N° 17.105.887-2, domiciliado en calle Los Girasoles Nº 172, Coquimbo. Sala Sala 3 Acta transcriptor Carmen Gloria Canales Briceño Hecho

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica