1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

JIMÉNEZ/LUNA ESPERANZA SPA

Rol

O-1894-2020

Fecha

24 de julio de 2020

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce atendida la rebeldía de las demandadas. DESISTIMIENTO: La parte demandante se desiste de la demandada Luna Esperanza SpA. EL TRIBUNAL RESUELVE: Se tiene por desistida la demanda en contra de Luna Esperanza SpA., desistimiento que queda sujeto a la ratificación de la demandante, a quien se le otorga un plazo de 5 días hábiles a contar de la presente audiencia, bajo apercibimiento que si así no lo hiciere se anulará lo obrado en la presente audiencia fijándose nuevo día y hora para la audiencia preparatoria.

Fundamentos

Fundamentos constan íntegramente en audio. SOLICITUD DE ADMISIÓN TÁCITA Atendida la rebeldía de las demandadas la parte demandante solicita se tengan por tácitamente admitidos los hechos contenidos en la demanda. EL TRIBUNAL RESUELVE: Se acoge la solicitud y se procederá a dictar sentencia de inmediato. Fundamentos constan íntegramente en audio. SENTENCIA: Santiago, 23 de julio de 2020. VISTOS: Comparece ante este tribunal doña Mery del Carmen Jiménez García, cesante, RUT N°11.315.706-2, domiciliada en Pasaje Huepil N°11941, Villa 30 de mayo, comuna El Bosque y deduce demanda en procedimiento de aplicación general por despido indebido, injustificado e improcedente, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones en contra de su ex empelador Sant Dinar S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rut N° 79.895.120-3, representada legalmente Ignacio González Williams, Rut 9.091.247-k, empresario, o a quien corresponda en calidad de tal, ambos domiciliados en Roger de flor N° 2907, dpto. 705 las condes, y en contra de la empresa Luna Esperanza S.P.A. , Rut 76.413.998-4, empresa del giro de su denominación en su calidad de coempleadora, representada legalmente por Ignacio Gerónimo González Williams, empresario, cédula de identidad N°9.091.120-3 ambos con domicilio en Roger de Flor 2907, depto.705. Atendido lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 10, 42, 58, 63, 67, 71, 73, 162 inciso 5° y siguientes, 420 letra a, 452 inciso 2°, 453 numero 1 inciso 7°, 458, 459 inciso final del Código del Trabajo, artículo 3 inciso 2° de la ley 17.322 y 1698 del Código Civil

Fallo

se resuelve: I. Que se acoge, la demanda deducida por doña Mery del Carmen Jiménez García, en contra de la empresa Sant Dinar S.A., ambos ya individualizados solo en cuanto se declara: a. Que se ha producido la sanción de nulidad del despido por no pago de las cotizaciones previsionales, de salud y AFC Chile de la demandante correspondientes a los meses de diciembre de 2018, enero de 2019, marzo, agosto, septiembre y octubre de 2019, en AFP Provida, FONASA y AFC Chile. II. Que se condena a la demandada al pago de las siguientes compensaciones, sanciones e indemnizaciones: a. $259.780 por concepto de feriado proporcional; b. Remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del término de la relación laboral, esto es desde el 29 de noviembre de2 019, hasta la convalidación del despido mediante el pago de las cotizaciones previsionales de AFP, salud y AFC Chile adeudadas singularizadas en el numerando resolutivo anterior debiendo calcularse las remuneraciones futuras sobre la base de una remuneración imponible mensual de $577.291, previos los descuentos estrictamente legales previstos en el artículo 58 del Código del Trabajo; III. Que las sumas ordenadas pagar se reajustaran y devengaran los intereses previstos en los artículo 63 del Código del Trabajo. En cuanto a las cotizaciones previsionales, de salud y AFC Chile las mismas se reajustaran de conformidad a lo dispuesto en el D.L. 3.500 y la ley 17.322; IV. Que una vez firme y ejecutoriada la presente sente

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO Ordinario FECHA Santiago, 23 de julio de 2020 RUC 20- 4-0258483-2 RIT O-1894-2020 CARATULADO JIMÉNEZ/LUNA ESPERANZA SPA MAGISTRADO CLAUDIA ELISA TAPIA TAPIA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Vanesa Galaz Pérez HORA DE INICIO 09:11 HORA DE TERMINO 09:46 SALA Sala especial 1 (5.1) Nº REGISTRO DE AUDIO

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