ZAMORANO/SOCIEDAD SERVICIOS Y ASESORIA IN SITU CORE SERVICE LIMITADA
Rol
O-3281-2019
Fecha
23 de julio de 2020
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 9, 10, 168, 420 y siguientes del Código del Trabajo, y todas las normas que resulten pertinentes aplicar; Se resuelve: I. Que se acoge la demanda de don César Antonio Zamorano Pulgar en contra de Sociedad Servicios y Asesoría In Situ Core Service Limitada, Rut 76.392.426-2, representada legalmente por Jaime Antonio Díaz Ávila, todos ya debidamente individualizados, y se declara la existencia de una relación laboral entre el 11 de abril del 2016 hasta el 28 de febrero del 2019 y, que en esta última fecha, se ha produjo un despido injustificado y nulo, en consecuencia, se ordena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a. Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, por la suma $847.855. b. Indemnización por tres periodos por años de servicio, por la suma de $2.543.565. c. Recargo legal de la indemnización por años de servicio de 50%, por aplicación del artículo 168 letra B) del Código del Trabajo, por la suma de $1.271.782. d. Indemnización por 40 días por feriado legal y proporcional, por la suma de $1.130.473. e. Pago de cotizaciones impagas en los términos del
Fundamentos
considerando décimo de este fallo. II. Que se condena a la demandada al pago en favor del actor de las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo celebrado entre las partes durante el periodo comprendido entre la fecha del despido, esto es, el día 28 de febrero del 2019 y la fecha de envío o entrega de la comunicación en que informa el pago de las cotizaciones morosas, a razón de una remuneración mensual imponible ascendente a la suma de $847.855, por no haber enterado el demandado las cotizaciones previsionales de conformidad a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 162 del Código del Trabajo. III. Que se condena en costas a la demandada, las que se fijan en este acto en un monto ascendente a $300.000. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día. En caso contrario, se iniciará su ejecución de acuerdo a lo establecido en el artículo 462 del Código del Trabajo. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia doña Ivette Mourguet Besoain, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintitrés de julio de dos mil veinte.-
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 9, 10, 168, 420 y siguientes del Código del Trabajo, y todas las normas que resulten pertinentes aplicar; Se resuelve: I. Que se acoge la demanda de don César Antonio Zamorano Pulgar en contra de Sociedad Servicios y Asesoría In Situ Core Service Limitada, Rut 76.392.426-2, representada legalmente por Jaime Antonio Díaz Ávila, todos ya debidamente individualizados, y se declara la existencia de una relación laboral entre el 11 de abril del 2016 hasta el 28 de febrero del 2019 y, que en esta última fecha, se ha produjo un despido injustificado y nulo, en consecuencia, se ordena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a. Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, por la suma $847.855. b. Indemnización por tres periodos por años de servicio, por la suma de $2.543.565. c. Recargo legal de la indemnización por años de servicio de 50%, por aplicación del artículo 168 letra B) del Código del Trabajo, por la suma de $1.271.782. d. Indemnización por 40 días por feriado legal y proporcional, por la suma de $1.130.473. e. Pago de cotizaciones impagas en los términos del considerando décimo de este fallo. II. Que se condena a la demandada al pago en favor del actor de las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo celebrado entre las partes durante el periodo comprendido entre la fecha del despido, esto es, el día 28 de febrero del 2019 y la fecha de enví
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 23 DE JULIO DE 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA VIRTUAL 9 (VÍA ZOOM) RUC 19-4-0187367-0 RIT O-3281-2019 MAGISTRADO IVETTE MOURGUET BESOAIN ADMINISTRATIVO DE ACTAS NATALIA ARANCIBIA SEPÚLVEDA HORA DE INICIO 12:08 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:13 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 1940187367-0-1
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