MP C/ ALEX ROBERTO VEGA MORENO
Rol
O-1512-2018
Fecha
5 de febrero de 2020
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Ante este juzgado de garantía de Cañete, el fiscal (S) del Ministerio Público don MARCO ANTONIO ORTEGA TORRES, dedujo requerimiento en procedimiento simplificado, en contra de ALEX ROBERTO VEGA MORENO, Cédula de Identidad Nº 13.150.062-9, chileno, mayor de edad, ignoro profesión u oficio, domiciliado en Sector Ponotro Hijuela 105, Predio El Durazno sin número, comuna de Cañete, representado por el abogado de la Defensoría Penal don FELIPE ROJAS HERRERA, con domicilio en Calle Lautaro N° 321, comuna de Cañete. El requerimiento presentado se fundamenta en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: “EL DIA 9 DE DICIEMBRE DE 2018, ALREDEDOR DE LAS 20:20 HORAS, DESDE SECTOR DE RUTA SECTOR PONOTRO HASTA AVENIDA PRESIDENTE FREI EN LA COMUNA DE CAÑETE, EL IMPUTADO ALEX ROBERTO VEGA MORENO , CONDUJO EL AUTOMOVIL MARCA TOYOTA MODELO TERCEL, PLACA PATENTE PA 9789 EN ESTADO DE EBRIEDAD, SECTOR EN EL CUAL INGRESO EN SU VEHICULO HASTA UN SERVICENTRO EXISTENTE EN EL LUGAR, PARA LUEGO BAJARSE DEL MISMO PORTANDO UN CUCHILLO DE DIEZ CENTIMETROS DE HOJA Y DOCE CENTIMETROS DE EMPUÑADURA SIN JUSTIFICAR SU PORTE, E YFFXJRXNZ Juan Elias Yanez Nunez Juez de garantía Fecha: 10/02/2020 15:20:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl INTENTAR AGREDIR CON EL MISMO A JAIME ERNESTO JORQUERA ARAVENA, DICIENDOLE TE VOY A MATAR CONCHETUMADRE , PRACTICADA LA ALCOHOLEMIA AL REQUERIDO ARROJO UN RESULTADO DE DOS COMA CERO SIETE (2,07) GRAMOS POR MIL DE ALCOHOL EN LA SANGRE”. A juicio de la Fiscalía los hechos de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Preparación del juicio. Que, en la audiencia realizada con fecha 08 de mayo de 2019, se procede a dar lectura al requerimiento interpuesto y el requerido consultado al tenor de lo dispuesto en el artículo 395 del Código Procesal Penal, no admitió responsabilidad en los hechos. En mérito de lo anterior, se procede a preparar el juicio oral simplificado, dictándose el auto de apertura correspondiente, estableciéndose la prueba que va a ser incorporada en audiencia de juicio oral conforme a lo previsto en el artículo 395 bis del Código Procesal Penal. SEGUNDO: Juicio Oral e Intervinientes. Que, atendido lo dispuesto en el artículo 396 del Código Procesal Penal, el día 05 de febrero de 2020, se lleva a efecto la audiencia de juicio oral simplificado, con la comparecencia de la fiscal del Ministerio Público doña KARINA BUCAREY MORALES, el requerido don ALEX ROBERTO VEGA MORENO y de su abogado defensor, don FELIPE ADOLFO ROJAS HERRERA. En dicha audiencia, se procede a dar lectura al requerimiento del Ministerio Público, se formulan las alegaciones de apertura correspondientes y se procede a recibir la prueba ofrecida por las partes. Concluye la audiencia dictando el juez que suscribe el veredicto respectivo. TERCERO: Alegatos del Ministerio Público. Que, en su alegato de inicio, el Ministerio Público señaló que en este juicio se podrá probar que Carabineros recibe una denuncia realizada por las víctimas al interior de un servicentro Shell de esta comuna, siendo alertados por unas amenazas y YFFXJRXNZ Juan Elias Yanez Nunez Juez de garantía Fecha: 10/02/2020 15:20:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl agresiones. En el lugar la víctima Jaime Jorquera, se encontraba junto a su hijo Diego Jorquera, ellos refieren a Carabineros que habían sido perseguidos desde la ruta desde Ponotro hasta Cañete, por un automóvil Toyota Tercel color blanco, el cual zigzagueaba atrás de ellos, llegando hasta el servicentro Shell ubicado en Avenida Presidente Frei de esta comuna, las victimas se estacionan y acto seguido el imputado en el auto. Es reconocido inmediatamente como Alex Vega Moreno, lo sindica la víctima quien se encontraba conviviendo con la ex esposa lo cual habría generado el conflicto entre ellos. La víctima junto a su hijo señalan a Carabineros que el acusado se baja del vehículo en manifiesto estado de ebriedad y que lo amenaza con un arma blanca, un cuchillo con el cual intenta agredirlo, no logrando su objetivo por que se encontraba en estaba en estado de ebriedad, la víctima l
Fallo
Fallo : Absolutorio. Cañete, diez de febrero de dos mil veinte. VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Ante este juzgado de garantía de Cañete, el fiscal (S) del Ministerio Público don MARCO ANTONIO ORTEGA TORRES, dedujo requerimiento en procedimiento simplificado, en contra de ALEX ROBERTO VEGA MORENO, Cédula de Identidad Nº 13.150.062-9, chileno, mayor de edad, ignoro profesión u oficio, domiciliado en Sector Ponotro Hijuela 105, Predio El Durazno sin número, comuna de Cañete, representado por el abogado de la Defensoría Penal don FELIPE ROJAS HERRERA, con domicilio en Calle Lautaro N° 321, comuna de Cañete. El requerimiento presentado se fundamenta en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: “EL DIA 9 DE DICIEMBRE DE 2018, ALREDEDOR DE LAS 20:20 HORAS, DESDE SECTOR DE RUTA SECTOR PONOTRO HASTA AVENIDA PRESIDENTE FREI EN LA COMUNA DE CAÑETE, EL IMPUTADO ALEX ROBERTO VEGA MORENO , CONDUJO EL AUTOMOVIL MARCA TOYOTA MODELO TERCEL, PLACA PATENTE PA 9789 EN ESTADO DE EBRIEDAD, SECTOR EN EL CUAL INGRESO EN SU VEHICULO HASTA UN SERVICENTRO EXISTENTE EN EL LUGAR, PARA LUEGO BAJARSE DEL MISMO PORTANDO UN CUCHILLO DE DIEZ CENTIMETROS DE HOJA Y DOCE CENTIMETROS DE EMPUÑADURA SIN JUSTIFICAR SU PORTE, E YFFXJRXNZ Juan Elias Yanez Nunez Juez de garantía Fecha: 10/02/2020 15:20:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde
Texto Completo (Preview)
RIT N° : 1512-2018. Carátula : MINISTERIO PÚBLICO C/ ALEX ROBERTO VEGA MORENO. Procedimiento : Simplificado. Materia : CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, AMENAZAS SIMPLES NO CONDICIONALES Y PORTE ILEGAL DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. Fallo : Absolutorio. Cañete, diez de febrero de dos mil veinte. VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Ante este juzgado de garantía de Cañete,
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