Juzgado de Letras y Garantía de Litueche.

MP C/ JORGE ROBERTO CIFUENTES CAMPOS

Rol

O-59-2020

Fecha

9 de febrero de 2020

Materia

LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que la parte expositiva del requerimiento simplificado, presentado por el Ministerio Público, es respecto del siguiente hecho: Que El día 09.02.2020, a rededor de las 00:20 horas, mientras la victima Carlos Meléndez Torres, llegaba a su domicilio en el sector de Licancheu, camino al rio, comuna de Navidad, se encuentra con el imputado, quien a raíz de un problema con el portón de acceso a dicho recinto, procedió mediante el uso de un elemento contundente, una llave francesa, a propinar golpes en contra de la víctima, golpeándolo en su rostro y en su ante brazo izquierdo, resultando con lesiones catalogadas medicamente como leves. A juicio del Ministerio Público, estos hechos constituyen el delito de lesiones, leves, descrito y sancionado en el artículo 494 N° 5, 487 y 288 bis, todos del Código Penal, en el cual a la imputada le cabe participación en calidad de autor ejecutor, en grado consumado. 2° Que la parte considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. 3° Que, la resolutiva es del siguiente tenor: Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 15 N° 1, 18, 30, 494 N° 5 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I).- Que se condena a JORGE ROBERTO CIFUENTES CAMPOS, C.I. N° 8.622.677-1, domiciliado en La Uvas y el viento N° 029, depto. 14, comuna de la Granja, Santiago, a sufrir la pena de multa de UN TERCIO (1/3) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como autora de la falta de lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 494 N° 5 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Navidad el día 09 de febrero de 2020. II).- Que, se autoriza al sentenciado a pagar la multa impuesta hasta el último día hábil bancario del mes siguiente que quede ejecutoriada la sentencia, debiendo acreditar el pago ante el tribunal, mediante el comprobante de depósito respectivo. Que, en el evento que el imputado no tuviera bienes para satisfacer la

Fallo

se declara: I).- Que se condena a JORGE ROBERTO CIFUENTES CAMPOS, C.I. N° 8.622.677-1, domiciliado en La Uvas y el viento N° 029, depto. 14, comuna de la Granja, Santiago, a sufrir la pena de multa de UN TERCIO (1/3) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como autora de la falta de lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 494 N° 5 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Navidad el día 09 de febrero de 2020. II).- Que, se autoriza al sentenciado a pagar la multa impuesta hasta el último día hábil bancario del mes siguiente que quede ejecutoriada la sentencia, debiendo acreditar el pago ante el tribunal, mediante el comprobante de depósito respectivo. Que, en el evento que el imputado no tuviera bienes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose ésta WZCCYCXXQJ Francisco Alexis Cerda Perez Juez de garantía Fecha: 11/02/2022 12:22:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA y FAMILIA LITUECHE Página 2 de 2 en un día por cada tercio de unidad tributaria mensual a que ha sido condenado sin que ell

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JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA y FAMILIA LITUECHE Página 1 de 2 Procedimiento Simplificado. Litueche, nueve de febrero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1° Que la parte expositiva del requerimiento simplificado, presentado por el Ministerio Público, es respecto del siguiente hecho: Que El día 09.02.2020, a rededor de las 00:20 horas, mientras la victima Carlos Meléndez Torres, llegaba

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