Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Punta Arenas.

MINISTERIO PUBLICO C/ JAVIER ARIEL GUERRERO HERNÁNDEZ

Rol

O-5-2020

Fecha

10 de febrero de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos siguientes, según dice el respectivo auto de apertura: “El día 18 de agosto de 2019, en horas de la madrugada, el acusado Javier Guerrero Hernández, actuando agrupadamente con un segundo sujeto no identificado, concurrió hasta el domicilio ubicado en José González N° 0691 de la comuna de Punta Arenas, ingresando al interior, escalando la reja perimetral del inmueble en el que habitan las víctimas Nora Nieto del Canto y Salvador Harambour Palma y se dirigen hasta una dependencia de este lugar, consistente en una bodega, rompiendo un candado que mantenía cerrada su Guillermo Alfredo Cadiz Vatcky Juez Redactor Fecha: 10/02/2020 13:56:49 Julio Rodrigo Alvarez Toro Juez Presidente Fecha: 10/02/2020 13:59:43 XVDXXJGXMY Jose Octavio Flores Vasquez Juez Integrante Fecha: 10/02/2020 14:03:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 puerta y sustraen con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño una caja de siliconas y pinturas, las que lanzan al exterior de la propiedad. Finalmente, se dirigieron hasta una casa en construcción que se encuentra en el mismo predio, ingresando el acusado al interior, mediante una ventana y sacan al exterior una sierra circular, posteriormente ocultándose el acusado en el entretecho de la vivienda”. Indicó el Ministerio Público que los hechos previamente descritos eran constitutivos del delito de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal, en grado de frustrado y en el que al acusado le había correspondido, en los término

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, los días cuatro y cinco de febrero en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, constituido por los jueces don JULIO ÁLVAREZ TORO, quien presidió, don GUILLERMO CÁDIZ VATCKY y don JOSÉ OCTAVIO FLORES VÁSQUEZ, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa rol único N° 1900881890-0, rol interno del tribunal N° 5-2020, seguida por el delito de Robo con Fuerza en Lugar Habitado en contra de JAVIER ARIEL GUERRERO HERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad Nº 20.180.313-6, nacido en 25 de mayo de 1999 en Punta Arenas, 20 años de edad, soltero, trabajador de la construcción, domiciliado en calle Ovejero Nº 0998, Punta Arenas. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la fiscal adjunta doña Romina Moscoso Escobar. La defensa del acusado estuvo a cargo del defensor penal licitado don Pablo Santander Severino. SEGUNDO: Que el Ministerio Público fundó su acusación en los hechos siguientes, según dice el respectivo auto de apertura: “El día 18 de agosto de 2019, en horas de la madrugada, el acusado Javier Guerrero Hernández, actuando agrupadamente con un segundo sujeto no identificado, concurrió hasta el domicilio ubicado en José González N° 0691 de la comuna de Punta Arenas, ingresando al interior, escalando la reja perimetral del inmueble en el que habitan las víctimas Nora Nieto del Canto y Salvador Harambour Palma y se dirigen hasta una dependencia de este lugar, consistente en una bodega, rompiendo un candado que mantenía cerrada su Guillermo Alfredo Cadiz Vatcky Juez Redactor Fecha: 10/02/2020 13:56:49 Julio Rodrigo Alvarez Toro Juez Presidente Fecha: 10/02/2020 13:59:43 XVDXXJGXMY Jose Octavio Flores Vasquez Juez Integrante Fecha: 10/02/2020 14:03:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 puerta y sustraen con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño una caja de siliconas y pinturas, las que lanzan al exterior de la propiedad. Finalmente, se dirigieron hasta una casa en construcción que se encuentra en el mismo predio, ingresando el acusado al interior, mediante una ventana y sacan al exterior una sierra circular, posteriormente ocultándose el acusado en el entretecho de la vivienda”. Indicó el Ministerio Público que los hechos previamente descritos eran constitutivos del delito de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal, en grado de frustrado y en el que al acusado le había correspondido, en los términos del artículo 15 N° 1 del citado cuerp

Fallo

Por estas consideraciones Y VISTO, ADEMÁS, lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 7°, 11 N° 6, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 26, 28, 50, 62, 67, 68, 432 y 442 N° 1 del Código Penal; y 1°, 4°, 7°, 36, 47, 295, 296, 297, 298, 314, 323, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal y artículos pertinentes de la ley 18.216, SE DECLARA QUE: Guillermo Alfredo Cadiz Vatcky Juez Redactor Fecha: 10/02/2020 13:56:49 Julio Rodrigo Alvarez Toro Juez Presidente Fecha: 10/02/2020 13:59:43 XVDXXJGXMY Jose Octavio Flores Vasquez Juez Integrante Fecha: 10/02/2020 14:03:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 33 I.- SE CONDENA a JAVIER ARIEL GUERRERO HERNÁNDEZ, ya individualizado, a las penas de SEISCIENTOS (600) DÍAS de presidio menor en su grado medio y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1° del Código Penal, cometido en este territorio jurisdiccional, en grado de con

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1 RUC 1900881890-0 RIT 5-2020 DELITO ROBO EN LUGAR NO HABITADO IMPUTADO JAVIER ARIEL GUERRERO HERNÁNDEZ Punta Arenas, diez de febrero de dos mil veinte. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, los días cuatro y cinco de febrero en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, constituido por los jueces don JULIO ÁLVAREZ TORO, quien presidió, don GUILLERMO CÁDIZ VATCKY

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