ASTORGA CON FELIP
Rol
O-1487-2019
Fecha
23 de julio de 2020
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la demandada, no se recibe la causa a prueba, y se procede a dictar sentencia inmediata. Tribunal provee: En conformidad dispuesto en el artículo 453 N° 1 inciso 7 del Código del Trabajo, al no haber contestado la parte demandada y no habiendo comparecido a esta audiencia, lo que demuestra la negativa a controvertir los hechos materia de la demanda, se accede a la petición y en consecuencia se tienen por tácitamente admitidos los hechos contenidos en la demanda y se procede a dictar sentencia en esta instancia. SENTENCIA: Por estas consideraciones, y disposiciones legales citadas y visto además lo dispuesto en el artículo 41, 42, 67,71, 73, 160 N°7, 162, 168,171, 172,445 a 459 del Código del Trabajo y 1698 del Código Civil, se declara: I.- Que se acoge la demanda deducida por doña NATALIA DE LAS NIEVES ASTORGA HIDALGO, en contra de doña MARIA DE LOS ANGELES FELIP OSORIO, ambas ya individualizadas, y en consecuencia, se declara la existencia de la relación laboral entre las partes, entre el 05 de junio del año 2016 y el 01 de julio del año 2019, siendo nulo e injustificado el despido de la actora en dicha fecha, condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) $360.000.- por concepto de la indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $540.000.-por concepto de feriado legal y proporcional c) $200.000.-por concepto de remuneraciones correspondientes al mes de junio del año 2019. d) Las Cotizaciones de salud Fonasa: por el período junio a diciembre de 2016, enero a diciembre de 2017, enero a diciembre de 2018, y enero a 01 de julio de 2019. e) Cotizaciones Previsionales AFP Capital S.A.: por el período junio a diciembre de 2016, enero a diciembre de 2017, enero a diciembre de 2018, enero, a 01 de julio de 2019. f) Cotizaciones de indemnización a todo evento del 4,11%: por el período junio a diciembre de 2016, enero a diciembre de 2017, enero a diciembre de 2018, enero a 01 de julio de 2019. g) Remuneraciones durante el pe
Fallo
Por estas consideraciones, y disposiciones legales citadas y visto además lo dispuesto en el artículo 41, 42, 67,71, 73, 160 N°7, 162, 168,171, 172,445 a 459 del Código del Trabajo y 1698 del Código Civil, se declara: I.- Que se acoge la demanda deducida por doña NATALIA DE LAS NIEVES ASTORGA HIDALGO, en contra de doña MARIA DE LOS ANGELES FELIP OSORIO, ambas ya individualizadas, y en consecuencia, se declara la existencia de la relación laboral entre las partes, entre el 05 de junio del año 2016 y el 01 de julio del año 2019, siendo nulo e injustificado el despido de la actora en dicha fecha, condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) $360.000.- por concepto de la indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $540.000.-por concepto de feriado legal y proporcional c) $200.000.-por concepto de remuneraciones correspondientes al mes de junio del año 2019. d) Las Cotizaciones de salud Fonasa: por el período junio a diciembre de 2016, enero a diciembre de 2017, enero a diciembre de 2018, y enero a 01 de julio de 2019. e) Cotizaciones Previsionales AFP Capital S.A.: por el período junio a diciembre de 2016, enero a diciembre de 2017, enero a diciembre de 2018, enero, a 01 de julio de 2019. f) Cotizaciones de indemnización a todo evento del 4,11%: por el período junio a diciembre de 2016, enero a diciembre de 2017, enero a diciembre de 2018, enero a 01 de julio de 2019. g) Remuneraciones durante el periodo comprendido entre la fecha del despido, esto
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital Zoom) FECHA 23 de julio de 2020 RUC 19-4-0215564-K RIT O-1487-2019 MAGISTRADO Ángela Mabel Hernández Gutiérrez ADMINISTRATIVO DE ACTAS Celia Gayoso Cuevas SALA 4 HORA DE INICIO 10:34 horas HORA DE TERMINO 10:46 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 19402
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