MINISTERIO PUBLICO C/ JULIA MARGARITA SHUPINGAHUA ISUIZA
Rol
O-2401-2019
Fecha
4 de febrero de 2020
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 03 de abril de 2019, a las 01.20 horas aproximadamente, la acusada JULIA MARGARITA SHUPINGAHUA ISUIZA, se trasladaba como pasajera en el bus placa patente única HSYD-93 68 de la Empresa Pullman Bus con destino Arica Santiago, el cual al ser fiscalizado en el sector de Cuya a la altura del kilómetro 1968 de la Ruta 5 norte, por personal de Carabineros de la sección OS7, al momento de acercarse a la acusada se percataron, que mantenía abultada la zona del abdomen, manteniendo una protuberancia anormal no acorde con su contextura física, expeliendo un fuerte olor a químico, acto seguido al ser controlada su identidad y previo a la revisión con un can detector de drogas que da positivo a la presencia de narcóticos, sobre su vestimenta, por lo que a la revisión portaba 3 paquetes cuadrados, envueltos con cinta adhesiva transparente, todos ellos contenedores de clorhidrato de cocaína con un peso bruto de 799.9 gramos un y peso neto de 766.5 gramos, con un porcentaje de pureza del 94% al 100%. Además, se le incautó un teléfono celular marca Motorola.” Los hechos antes descritos constituyen el delito de Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Substancias Psicotrópicas, ilícito previsto y sancionado en el Artículo 3 en relación al Artículo 1 ambos de la Ley Nº 20.000. BMVQXJVDPY Juan Gustavo Araya Contreras Juez de garantía Fecha: 10/02/2020 14:09:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Consulta de admisión: La acusada, debidamente informada de sus derechos, acepta los hechos de la acusación, los antecedentes de
Fallo
se declara: I.- Que se condena a Julia Margarita Shupingahua Isuiza, run provisorio N° 14.869.868-6, ya individualizada, como autora del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, castigado por el artículo 3° de la Ley 20.000, sorprendido en Arica el 3 de abril de 2019, a las penas de cinco años de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y comiso de las especies y dinero incautados, sin multa ni costas. Se sustituye la pena corporal por la expulsión del territorio nacional, con la prohibición de ingreso al país por diez años. En el evento de cumplimiento efectivo de la pena, a la imputada se le reconoce como abono los trescientos siete (307) días que ha estado privada de libertad por esta causa, más todo el tiempo que permanezca privada de libertad hasta que se materialice efectivamente la expulsión, el que no podrá exceder de sesenta días desde que esta sentencia quede firme y ejecutoriada. Practíquese el canje penal. Regístrese y dese cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 468 del Código Procesal Penal, 38 de la Ley 18.216 y 17 de la Ley 19.970. Téngase presente la renuncia que los intervinientes hicieron a los plazos para recurrir contra la sentencia, por lo que ella queda ejecutoriada. Queda sin efecto la prisión preventiva, quedando en internación hasta su expulsión. Orden de ingreso. Archívese en su op
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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, cuatro de febrero de dos mil veinte Magistrado JUAN GUSTAVO ARAYA CONTRERAS Fiscal NOEMÍ ANDRADE OLIVA Defensor VIOLETA ÁLVAREZ RAMÍREZ Abog. Min. del Interior MARÍA TERESA BARRIOS GUTIÉRREZ Tipo de Audiencia PROCEDIMIENTO ABREVIADO Hora inicio 10:36 Hora termino 10:49 Sala 4 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 1900356349-1-992-200204-00-24-PABR J
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