13º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ MARIO ALEJANDRO MOYA MUÑOZ

Rol

O-1934-2017

Fecha

7 de febrero de 2020

Materia

LESIONES GRAVES., POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos El día 26 de marzo de 2017, aproximadamente a las 19:40 horas, el acusado MARIO ALEJANDRO MOYA MUÑOZ se movilizaba en el vehículo marca KIA, modelo Cerato, rojo, P.P.U WE-1409, deteniéndose en Avenida Venezuela con Pasaje 2, comuna de Peñalolén, frente a la víctima don Ernesto Humberto Henríquez Urria para dispararle con un arma de fuego logrando impactarlo en su pierna izquierda ocasionándole una lesión consistente en exposición ósea por proyectil balístico, lesión clínicamente graves según Dato de Atención de Urgencia del Hospital Salvador, para luego darse a la fuga. Posteriormente, funcionarios policiales concurrieron al domicilio del acusado ubicado en Venezuela Nº 5819, comuna de Peñalolén, quienes debidamente autorizados por la dueña de casa encontraron dentro del dormitorio de éste una bolsa con 23 cartuchos, calibre 38, marca Águila y dentro de su automóvil se encontraron 06 vainas calibre 38 marca Águila percutidas, plateadas y debajo del asiento del copiloto 02 cartuchos, calibre 38, plateadas. El días 27 de marzo de 2017, el acusado se presente voluntariamente ante la comisaria correspondiente siendo detenido por orden de detención verbal decretada por la magistrada Natacha Ruz Grez, del 13º Juzgado de Garantía de Santiago. Delito y grado de desarrollo LESIONES GRAVES, descritas y sancionadas en el artículo 397 Nº 2 del Código penal, y el delito de PORTE ILEGAL DE MUNICIONES, descrito y sancionado en los artículos 9º inciso primero en relación al artículo 2º letra c), de la Ley de Control de Armas Nº 17.798. Autor y consumado. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código penal Atenuantes 11 Nº 6 y N° 9 Código PenalCircunstancias modificatorias Agravantes No hay SE RESUELVE: I.- Que, se CONDENA a don MARIO ALEJANDRO MOYA MUÑOZ, ya individualizado en la audiencia, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS (61) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, por un delito consumado de LESIONES GRAVES, descritas y sancionadas en el artículo 397 Nº 2 del Código penal, a

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que, se CONDENA a don MARIO ALEJANDRO MOYA MUÑOZ, ya individualizado en la audiencia, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS (61) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, por un delito consumado de LESIONES GRAVES, descritas y sancionadas en el artículo 397 Nº 2 del Código penal, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS (541) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO; de más accesorias legales, y a la pena del COMISO de las especies incautadas, hechos ocurrido el día 26 de marzo de 2017 en la FVRYXJSZNL VALERIA MAGDALENA VEGA SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 07/02/2020 14:16:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 1 3° J U Z G A D O D E G A R A N T Í A D E S A N T I A G O Avenida Pedro Montt N° 1606, Torre F, piso 6, Santiago - Teléfono 5873000 – Fax 5873022 comuna de Peñalolén, sin costas. II.- Que, las penas corporales se le da por cumplidas las penas corporales en atención al mayor tiempo que estuvo privado de libertad en la presente causa, primero en prisión preventiva, luego con arresto domiciliario total y luego con a

Texto Completo (Preview)

1 3° J U Z G A D O D E G A R A N T Í A D E S A N T I A G O Avenida Pedro Montt N° 1606, Torre F, piso 6, Santiago - Teléfono 5873000 – Fax 5873022 TRIBUNAL : 13ª JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 1700291335-6 RIT : 1934 - 2017 IMPUTADO : MARIO ALEJANDRO MOYA MUÑOZ Cédula de Identidad : 0010873539-2 Fecha de nacimiento : 17/05/1970 Domicilio : Calle ENRIQUE SCHNEIDER N° 2023, MACUL PROCEDIMIENT

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