MP C/ BELARMINO APOLONIO TORRES PALMA
Rol
O-5354-2019
Fecha
7 de febrero de 2020
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “Que el día 09 de octubre de 2019 aproximadamente a las 11:30 horas en el interior del domicilio ubicado en Calle Uribe 898 de la comuna de Lampa el requerido BELARMINO APOLONIO TORRES PALMA, procedió a manifestarle a viva voz a su padre la victima don Cristian Ariel Torres Gutiérrez, te voy a matar, viejo culiao, provocando un justo temor en la victima.” SE RESUELVE: I. Que se ABSUELVE a BELARMINO APOLONIO TORRES PALMA, cédula de identidad N° 0016458821-1, ya individualizado, por su presunta participación en un delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, supuestamente perpetrado en la jurisdicción de este tribunal el día 09 de octubre de 2019. II. Que no se condena en costas al Ministerio Público. Las partes renuncian a los plazos, sentencia ejecutoriada. Dese cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad “La“La sentenciasentencia dictadadictada oralmenteoralmente enen audiencia,audiencia, sese encuentraencuentra íntegramenteíntegramente consignadaconsignada enen elel registroregistro dede audioaudio dede esteeste Tribunal,Tribunal, dede conformidadconformidad aa lolo dispuestodispuesto enen loslos artículosartículos 3939 yy siguientessiguientes deldel CódigoCódigo ProcesalProcesal Penal”.Penal”. Dictada por MARÍA DE LOS ÁNGELES CEARDI NAZAR, Juez (s) del Juzgado de Garantía de Colina. MXXRXJEXYJ Maria de Los Angeles Ceardi Nazar Juez de garantía Fecha: 07/02/2020 12:55:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-02-07T12:5
Fallo
SE RESUELVE: I. Que se ABSUELVE a BELARMINO APOLONIO TORRES PALMA, cédula de identidad N° 0016458821-1, ya individualizado, por su presunta participación en un delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, supuestamente perpetrado en la jurisdicción de este tribunal el día 09 de octubre de 2019. II. Que no se condena en costas al Ministerio Público. Las partes renuncian a los plazos, sentencia ejecutoriada. Dese cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad “La“La sentenciasentencia dictadadictada oralmenteoralmente enen audiencia,audiencia, sese encuentraencuentra íntegramenteíntegramente consignadaconsignada enen elel registroregistro dede audioaudio dede esteeste Tribunal,Tribunal, dede conformidadconformidad aa lolo dispuestodispuesto enen loslos artículosartículos 3939 yy siguientessiguientes deldel CódigoCódigo ProcesalProcesal Penal”.Penal”. Dictada por MARÍA DE LOS ÁNGELES CEARDI NAZAR, Juez (s) del Juzgado de Garantía de Colina. MXXRXJEXYJ Maria de Los Angeles Ceardi Nazar Juez de garantía Fecha: 07/02/2020 12:55:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccident
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO FECHA: Colina, siete de febrero de dos mil veinte. TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE COLINA MAGISTRADO: MARÍA DE LOS ÁNGELES CEARDI NAZAR RUC: 1901093501-9 RIT: 5354 - 2019 IMPUTADO: BELARMINO APOLONIO TORRES PALMA C.I. 0016458821-1 FECHA DE NAC. 25-10-1986 DIRECCION Calle 18 DE SEPTIEMBRE Nº 5052 COMUNA: Lampa. DELITO AMENAZAS EN CONTEXTO
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