3º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ OSCAR ANTONIO ORTEGA MOSCOSO

Rol

O-4388-2019

Fecha

3 de febrero de 2020

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°6, 11 N°9, 15 N°1, 29, 45, 48, 74 432, 436 inciso primero, 439, y 449 del Código Penal; artículos 297, 340, y 407 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 4, 5, 15 Bis, de la ley 18.216, 17 19.970 se declara que: I.- Que se condena a OSCAR ANTONIO ORTEGA MOSCOSO, cédula de identidad 20.498.988-5, a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el inciso primero del artículo 436 del Código Penal, cometido en territorio jurisdiccional del tribunal el 10 de julio de 2019. II.- Que la pena privativa de libertad, se sustituye por la de libertad vigilada intensiva, por el término de 3 años y un día, esto es, el condenado queda sometido al cumplimiento de un programa de actividades orientado a su reinserción social en el ámbito personal, comunitario y laboral, que deberá cumplir con un delegado de Gendarmería, debiendo al efecto presentarse en el Centro de Reinserción Social correspondiente a su domicilio el día 17 de febrero del año en curso. III.- Que en el evento que las penas sustitutivas le fuesen revocadas y debiere cumplir efectivamente las penas privativas de libertad, le servirá de abono los 208 días que permaneció en arresto domiciliario total, entre el 10 de julio de 2019 y esta fecha. IV.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Agréguese la huella genética del sentenciado al registro de condenados, obteniéndose la misma si no se hubiera hecho hasta ahora. Ejecutoriado el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT 4388 - 2019 RUC 1900743803-9 XXNJXJXWGM KATHERINNE ISABEL ROMAN DELFABBRO Juez de garantía Fecha: 07/02/2020 15:19:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓN

Fallo

se declara que: I.- Que se condena a OSCAR ANTONIO ORTEGA MOSCOSO, cédula de identidad 20.498.988-5, a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el inciso primero del artículo 436 del Código Penal, cometido en territorio jurisdiccional del tribunal el 10 de julio de 2019. II.- Que la pena privativa de libertad, se sustituye por la de libertad vigilada intensiva, por el término de 3 años y un día, esto es, el condenado queda sometido al cumplimiento de un programa de actividades orientado a su reinserción social en el ámbito personal, comunitario y laboral, que deberá cumplir con un delegado de Gendarmería, debiendo al efecto presentarse en el Centro de Reinserción Social correspondiente a su domicilio el día 17 de febrero del año en curso. III.- Que en el evento que las penas sustitutivas le fuesen revocadas y debiere cumplir efectivamente las penas privativas de libertad, le servirá de abono los 208 días que permaneció en arresto domiciliario total, entre el 10 de julio de 2019 y esta fecha. IV.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Agréguese la huella genética del sentenciado al registro de condenados, obteniéndose la misma si no se hubiera hecho hasta ahora. Ejecutoriado el pre

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EXTRACTO SENTENCIA DICTADA EN AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: tres de febrero de dos mil veinte IMPUTADO: OSCAR ANTONIO ORTEGA MOSCOSO, R.U.N. 20.498.988-5 R.I.T.: 4388 - 2019 DECISIÓN DEL TRIBUNAL: Por tales consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°6, 11 N°9, 15 N°1, 29, 45, 48, 74 432, 436 inciso primero, 439, y 449 del Código Penal; artículos 297, 340, y

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