Juzgado de Garantía de Coquimbo.

M.P. COQBO. C/ CARLOS ALFONSO GONZÁLEZ FLORES

Rol

O-4068-2019

Fecha

6 de febrero de 2020

Materia

LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS “El día 22 de agosto de 2019, a las 17:00 horas aproximadamente, en calle Arturo Godoy esquina Miño, comuna de Coquimbo, el imputado Carlos Alfonso González Flores, agredió a la víctima Alex Alfredo Santander Flores, empujándolo, haciendo que con esto la víctima perdiera el equilibrio y cayera al piso, golpeándolo, dañándole la prótesis de su pierna derecha, tomando luego con una mano un madero y con la otra un machete, lanzándole con estos golpes y cortes, logrando esquivarlos con su mano derecha, resultando a raíz de lo anterior con lesiones consistentes en “eritema en región dorsal mano derecha” de carácter leve, y la ruptura de la prótesis correspondiente a la extremidad inferior derecha.” B.- SENTENCIA Se deja constancia expresa que los

Fundamentos

fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. Coquimbo, a seis de febrero de dos mil veinte. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 Nº 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 49, 50, 66 a 70, 399 y 494 N°5 del Código Penal; artículos 388 a 395 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA, sin costas, a CARLOS ALFONSO GONZÁLEZ FLORES, RUN 13.973.283-9, nacido el 31 de marzo de 1981, a la pena de MULTA DE 2/3 DE UTM, por su responsabilidad penal en calidad de autor de un delito de lesione leves (falta) sancionada en el artículo 494 N°5 del Código Penal consumada de ejecutado el 22 de agosto de 2019, en perjuicio de la víctima Alex Alfredo Santander Flores, en esta ciudad. II.- Que la pena de multa se tiene por cumplida como consecuencia de los controle de detención ejecutados el día 23 de agosto de 2019 y 06 de febrero de 2020. III.- Que los intervinientes e imputado quedan notificados personalmente de la sentencia y atendida la renuncia de los plazos y recursos legales, la sentencia queda ejecutoriada. Dese cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. ANOTESE, REGÍSTRESE, CUMPLASE Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. RUC Nº 1900905316-9 RIT Nº 4068-2019 Dictada por don DIEGO FRANCISCO RUBÍ ARAYA, Juez de Garantía. KDWFXJEXEF Diego Francisco Rubi Araya Juez de garantía Fecha: 07/02/2020 09:13:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horar

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A.- HECHOS “El día 22 de agosto de 2019, a las 17:00 horas aproximadamente, en calle Arturo Godoy esquina Miño, comuna de Coquimbo, el imputado Carlos Alfonso González Flores, agredió a la víctima Alex Alfredo Santander Flores, empujándolo, haciendo que con esto la víctima perdiera el equilibrio y cayera al piso, golpeándolo, dañándole la prótesis de su pierna derecha, tomando luego con una mano u

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