Juzgado de Garantía de Copiapo.

MP C/ ROBIER YADIR SOLIS VENTE

Rol

O-951-2020

Fecha

6 de febrero de 2020

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 05 de febrero del año 2020 a las 15:35 horas aproximadamente, el imputado concurre a Maipu N° 110 de la ciudad de Copiapó, específicamente de la tienda Ripley, ingresa a la misma y conjuntamente con una mujer, intenta sustraer en una bolsa que portaba las siguientes especies: dos poleras marca puma, un poleron marca puma, una casaca marca adidas, un pantalón marca puma, especies avaluadas en $ 109.150, dirigiéndose hacia el sector de la salida, traspasando el lineal de cajas, sin cancelar el valor de los productos, siendo sorprendido por guardias de seguridad, detenidos por éstos y entregado a Carabineros. SE DECLARA: I. Que se condena a ROBIER YADIR SOLIS VENTE, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Hurto simple por un valor de media a menos de 4 utm., grado de desarrollo TENTADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, el día 05 de febrero del año 2020, a la pena de UN DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MINIMO, MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II. La pena de corporal se tendrá por cumplida, por el día que pasó a control de detención entre el día 05 y 06 de febrero del año 2020. III. Se fija plazo al imputado para el pago de la multa impuesta, hasta el día 05 de marzo del año 2020, mismo plazo que el imputado tendrá para manifestar su voluntad de sustituir la multa por servicios comunitarios. Si no paga la multa o no manifiesta voluntad, se dispondrá la sustitución de la multa por días de privación de libertad, al tenor del artículo 49 del Código Penal. El no pago de una de las cuotas hará exigible los apremios del artículo 49 del Código Penal. IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a ROBIER YADIR SOLIS VENTE, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Hurto simple por un valor de media a menos de 4 utm., grado de desarrollo TENTADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, el día 05 de febrero del año 2020, a la pena de UN DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MINIMO, MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II. La pena de corporal se tendrá por cumplida, por el día que pasó a control de detención entre el día 05 y 06 de febrero del año 2020. III. Se fija plazo al imputado para el pago de la multa impuesta, hasta el día 05 de marzo del año 2020, mismo plazo que el imputado tendrá para manifestar su voluntad de sustituir la multa por servicios comunitarios. Si no paga la multa o no manifiesta voluntad, se dispondrá la sustitución de la multa por días de privación de libertad, al tenor del artículo 49 del Código Penal. El no pago de una de las cuotas hará exigible los apremios del artículo 49 del Código Penal. IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. SYBLXJXTKK Paulo Franco Muñoz Pedemonte

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó, seis de febrero de dos mil veinte. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: PAULO FRANCO MUÑOZ PEDEMONTE RUC: 2000140544-7 RIT: 951 - 2020 IMPUTADO: ROBIER YADIR SOLIS VENTE C.I. 23.755.676-3 FECHA DE NAC. 30 de octubre del año 1995. DIRECCION Calle CHILLÁN N° 117 - ANDACOLLO. COMUNA: Copiapó. DELITO Hurto

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