MP C/ JORGE JONAS ÁLAMOS GONZÁLEZ
Rol
O-11718-2018
Fecha
3 de febrero de 2020
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): “El día 15 de noviembre del 2018, cerca de las 18:30 horas, en avenida Rene Olivares 2143 Maipú, concurrió el imputado JORGE JONAS ÁLAMOS GONZÁLEZ, en compañía de terceros, ingresando al local comercial El Halcón, con rostro descubierto unos y otros con capucha, premunidos de armas aparentemente de fuego, intimidando a trabajadores y clientes, solicitando la entrega de especies y dineros, obteniendo por ello la suma de $2.000.000 millones de pesos y mercadería con las cuales se dieron a la fuga en el vehículo PPU RG4434, en el cual también aguardaba otro individuo”. Resolución: Primero: Que se condena a JORGE JONAS ÁLAMOS GONZÁLEZ, como autor del ilícito consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 15 de noviembre del 2018, que tipifica el delito de Robo con intimidación, descrito y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, a la sanción de: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. Accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos. Accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos, durante el tiempo de la condena. No se condena en costas. Segundo: Se le concede la pena sustitutiva de Libertad Vigilada Intensiva bajo programa de Reinserción Social, bajo las condiciones del artículo 17 letras a), b) y c) de dicha ley pero especialmente bajo las establecidas en el artículo 17 ter, a) prohibición de acudir al lugar de los hechos, local comercial ya indicado y d) Obligación de someterse a programas laborales y también de control de impulsos como tratamiento de la violencia por el plazo de la condena. Se tiene como abono el tiempo que arroja el sistema 189 días de privación de libertad. También se establece la obligación del Registro de ADN a través de Gendarmería de Chile y la concurrencia del imputado al Centro de Reinserción Social para el cumplimiento de la pena sustitutiva
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Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: (02) 29757700 Centro de Justicia de Santiago COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: tres de febrero de dos mil veinte TRIBUNAL: 9° Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: GLADYS ALEJANDRA GARCIA BOCAZ RUC: 1801131835-1 RIT: 11718 – 2018 IMPUTADO: JORGE JONAS ÁLAMOS GONZÁLEZ CI: 0020454073-K
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