MP C/ LORENA ANDREA ESPINOZA GONZÁLEZ
Rol
O-8355-2019
Fecha
3 de febrero de 2020
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 07 de agosto del año 2019, siendo aproximadamente las 16:50 horas, las imputadas DANIELA SOLANGE ULLOA MONARDES, LORENA ANDREA ESPINOZA GONZALEZ, y SARAI MARIANELA DELGADO FLORES, concurrieron previamente concertadas hasta la Tienda comercial Corona ubicada en Paseo Independencia N° 549 de esta Ciudad, lugar en el que procedieron a sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño las siguientes especies: 28 jeans de niña marca tivol, 28 chalecos de niña marca tivol, 25 chaquetas de niña marca tívol, avaluadas en la suma total de que fueron de $895.190.-, las que fueron ocultas al interior de un coche y bolsas biónicas, huyendo las imputadas con las especies en su poder, siendo sorprendidas por guardias de seguridad de la tienda debido a la activación de las paletas de seguridad instaladas en la salida del local comercial. Circunstancias modificatorias: Artículo 12 N° 16 y 11 N° 9 del Código Penal. Sentencia.- Rancagua, tres de febrero de dos mil veinte.- Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14, 15 N° 1, 21, 24, 25, 30, 49, 50, 51, 67, 69, 70, 446 N° 2 del Código Penal; 45, 297, 340, 388 y siguientes, 395, 468 del Código Procesal Penal; 7 y siguientes de la Ley 18.216, modificada por ley 20.603, se declara: I.- Que se CONDENA A DANIELA SOLANGE ULLOA MONARDES, ya individualizada, como autora de un ilícito de Hurto simple de especies de la Tienda Corona, hecho ocurrido el día 07 de agosto del año 2019, en esta ciudad, ilícito en grado de desarrollo frustrado, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, a sufrir las penas de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y sin cost
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA A DANIELA SOLANGE ULLOA MONARDES, ya individualizada, como autora de un ilícito de Hurto simple de especies de la Tienda Corona, hecho ocurrido el día 07 de agosto del año 2019, en esta ciudad, ilícito en grado de desarrollo frustrado, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, a sufrir las penas de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y sin costas de la causa. II.- El tercio de unidad tributaria mensual se da por cumplido por un día de abono que la imputada registra por privación de libertad con motivo de estos antecedentes. III.- Que para cumplir a sanción privativa de libertad, se concede la pena sustitutiva de RECLUSION PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, debiendo permanecer la imputada en su domicilio desde las 22 horas de cada día hasta las 08:00 horas del día siguiente, abonándose todos el tiempo que ha estado privada de libertad con motivo de estos antecedentes, desde el 8 al 26 de agosto de 2019, desde el 28 de enero de 2020 a la fecha de manera ininterrumpida, en total 25 días. Si esta pena sustitutiva se convierte en sanción efectiva, esta se contará desde que se presente o se habida la sentenciada, con abonos que haya podido cumplir con motivo de la reclusión parcial domiciliaria nocturna. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese ese h
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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA tres de febrero de dos mil veinte Ruc: 1900847290-7 Rit: 8355 - 2019 Hora Inicio: 12.48 Hora Término: 12.57 Juez: MAURICIO SILVA VÁSQUEZ Audiencia: Juicio simplificado efectivo. Imputada presa: DANIELA SOLANGE ULLOA MONARDES C.I. N° 17.305.458-0
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