MP AFTA C/ MASSIMO PISCOPO
Rol
O-7076-2016
Fecha
28 de enero de 2020
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El requerido en compañía de otro sujeto, con fecha 15 de octubre de 2015, contacta a la víctima Rendic Sánchez en un Servicentro Copec de esta ciudad, con la intención de venderle dos generadores, uno de 11.000 watt de potencia y otro de 6.500 watt de potencia, más una caja de herramientas con cien piezas, todo esto avaluado en la suma de $2.500.000.-, por lo que se acuerda la venta en la suma de $2.380.000, confiando la víctima por cuanto le exhibieron la documentación de las herramientas, previa revisión de los equipos por parte de la víctima, los que aparentemente estaban en buenas condiciones y con su respectiva documentación en regla, entregándole factura. Una vez pagados los equipos, la víctima se dio cuenta que los mismos no cumplían con las descripciones técnicas de generación de energía, motivo por el que habían sido adquiridas por la víctima, siendo engañando por el requerido en la calidad de las especies vendidas, y como consecuencia de aquello fue perjudicado patrimonialmente en la suma de $2.380.000.” A juicio del Ministerio Público, los hechos precedentemente descritos, constituyen un delito consumado de estafa, contemplado en el artículo 473 del Código Penal, le JBEXXHLHRN Sergio Antonio Villa Romero Juez de garantía Fecha: 03/02/2020 17:12:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 atribuye participación al requerido en calidad de autor ejecutor, a quien no beneficiarían ni perjudicarían modificatorias de responsabilidad penal, solicitando por ende, que se le imponga la pena única de 540 días d
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que con fecha veintitrés de enero de dos mil veinte, ante este Juzgado de Garantía de Antofagasta, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado en causa RIT N° 7076- 2016, seguida en contra de Massimo Piscopo, cédula de identidad N° 24.163.133-8, italiano, empresario, representado por el defensor penal, don Hugo León Saavedra. Fue parte requirente en la presente causa el Ministerio Público, representado por la fiscal, doña Javiera Arqueros Fuentes. SEGUNDO: Requerimiento. Que el requerimiento presentado con fecha 16 de enero de dos mil diecisiete, se funda en los siguientes hechos: “El requerido en compañía de otro sujeto, con fecha 15 de octubre de 2015, contacta a la víctima Rendic Sánchez en un Servicentro Copec de esta ciudad, con la intención de venderle dos generadores, uno de 11.000 watt de potencia y otro de 6.500 watt de potencia, más una caja de herramientas con cien piezas, todo esto avaluado en la suma de $2.500.000.-, por lo que
Fallo
se acuerda la venta en la suma de $2.380.000, confiando la víctima por cuanto le exhibieron la documentación de las herramientas, previa revisión de los equipos por parte de la víctima, los que aparentemente estaban en buenas condiciones y con su respectiva documentación en regla, entregándole factura. Una vez pagados los equipos, la víctima se dio cuenta que los mismos no cumplían con las descripciones técnicas de generación de energía, motivo por el que habían sido adquiridas por la víctima, siendo engañando por el requerido en la calidad de las especies vendidas, y como consecuencia de aquello fue perjudicado patrimonialmente en la suma de $2.380.000.” A juicio del Ministerio Público, los hechos precedentemente descritos, constituyen un delito consumado de estafa, contemplado en el artículo 473 del Código Penal, le JBEXXHLHRN Sergio Antonio Villa Romero Juez de garantía Fecha: 03/02/2020 17:12:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 atribuye participación al requerido en calidad de autor ejecutor, a quien no beneficiarían
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1 Antofagasta, veintiocho de enero de dos mil veinte. VISTOS, OÍDOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que con fecha veintitrés de enero de dos mil veinte, ante este Juzgado de Garantía de Antofagasta, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado en causa RIT N° 7076- 2016, seguida en contra de Massimo Piscopo, cédula de identidad N° 24.163.13
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