CARABINEROS C/ GABRIEL ANGEL LEVIO CARRERO
Rol
O-88-2020
Fecha
20 de enero de 2020
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Aproximadamente a las 17:40 horas del día 19 de enero de 2020, el requerido Gabriel Levio Carrero ingresó hasta el supermercado Lily, ubicado en calle Lazcano N° 385 de Cholchol, premunido de una mochila color gris mimetizada en la cual introdujo dos pack de cervezas marca Royal, de propiedad del supermercado, la que ocultó al interior de dicha mochila. La especie fue avaluada en la suma total de $11.380, procediendo a traspasar las cajas registradoras sin cancelar las especies precedentemente descritas, lo que constituye la falta penal de hurto, en grado consumado, en calidad de autor. Parte resolutiva: Por tales consideraciones y teniendo presente además lo dispuesto por los artículos 1,7, 14,15, 70, 494 Bis del Código Penal; 45 y 388 del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se condena a don GABRIEL ANGEL LEVIO CARRERO, Cédula Nacional de Identidad N° 13.032.378-2, ya individualizado, a una pena de 1 día de prisión en su grado mínimo y una pena de multa a beneficio fiscal de media (1/2) unidad tributaria mensual, como autor de una falta penal de hurto, en grado de consumado, cometido el día 19 de enero de 2020, en la comuna de Chol Chol. II.- Que, se le abona día que en forma ininterrumpida se ha encontrado privado de libertad, esto es, desde el día 19 al 20 de enero de 2020 a la pena corporal señalada precedentemente y se le da por cumplida la pena. III.- Que, se concede al condenado el plazo de 30 días contados desde fecha de ejecutoria de la sentencia para pagar la multa impuesta. Si el sentenciado no pagare la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución la pena de reclusión de un día, por cada un tercio de unidad tributaria mensual, a la que fuera condenado sin que pueda exceder de seis meses. IV.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa por haber admitido responsabilidad en los hechos. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, dese estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Pen
Fallo
se resuelve: I.- Que se condena a don GABRIEL ANGEL LEVIO CARRERO, Cédula Nacional de Identidad N° 13.032.378-2, ya individualizado, a una pena de 1 día de prisión en su grado mínimo y una pena de multa a beneficio fiscal de media (1/2) unidad tributaria mensual, como autor de una falta penal de hurto, en grado de consumado, cometido el día 19 de enero de 2020, en la comuna de Chol Chol. II.- Que, se le abona día que en forma ininterrumpida se ha encontrado privado de libertad, esto es, desde el día 19 al 20 de enero de 2020 a la pena corporal señalada precedentemente y se le da por cumplida la pena. III.- Que, se concede al condenado el plazo de 30 días contados desde fecha de ejecutoria de la sentencia para pagar la multa impuesta. Si el sentenciado no pagare la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución la pena de reclusión de un día, por cada un tercio de unidad tributaria mensual, a la que fuera condenado sin que pueda exceder de seis meses. IV.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa por haber admitido responsabilidad en los hechos. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, dese estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. ANÓTESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE en su oportunidad. RUC : 2000070809-8 JTXXXGXHBX Flor Emelina Quezada Pereira Juez de garantía Fecha: 31/01/2020 14:23:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE
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Juzgado de Garantía de Nueva Imperial Fono: (45)2613349 – (45)2613391 Calle Urrutia N°546, Nueva Imperial jgnuevaimperial@pjud.cl Nueva Imperial, veinte de enero de dos mil veinte. Conforme al artículo 62 inciso 3ª del Acta 71-2016, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. Los hechos: “Aproximadamente a las 17:40 horas del día 19 de enero
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