Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

MANCILLA/INGENIERIA PROSE SPA

Rol

M-831-2019

Fecha

20 de julio de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos indicados en la demanda, se omita el trámite de recepción de la causa a prueba y se dicte sentencia definitiva.

Fundamentos

fundamentos de las acciones que han sido deducidas en su contra y con el sólo objeto de poner término al presente juicio, ofrece pagar al actor de autos, don Claudio Alejandro  Mancilla  Salvade, la suma única y total de $621.480.-, en 01 cuota, suma que será pagada, a más tardar, el día 31 de julio de 2020, mediante transferencia electrónica, a la cuenta Rut del demandante, N°17.971.156-7 del Banco Estado, asociada a la cédula de identidad N°17.971.156-7. Asimismo, esta demandada, en dicha fecha, deberá dar cuenta al Tribunal del pago que efectúe a su contraparte, acompañando el comprobante respectivo, dejándose constancia de ello en autos. 2. La parte demandante, acepta el ofrecimiento efectuado por la demandada solidaria o subsidiaria, en cuanto al monto y modalidad de pago. 3. Las partes se otorgan el más amplio, total y completo finiquito, respecto de todas las prestaciones e indemnizaciones, que han sido solicitadas en la presente causa y además la solidaria o subsidiaria, se subroga, en los derechos del actor, para solicitar repetición, en contra de la demandada principal. 4. Las partes incorporan una cláusula penal, en virtud de la cual, en caso de incumplimiento, se le aplicará a la suma adeudada, un recargo equivalente al 50%. 5. Cada parte pagará sus costas. El Tribunal tiene por conciliada a estas partes, estimándose como sentencia definitiva firme, para todos los efectos legales. CONTINUACIÓN AUDIENCIA RESPECTO DEMANDADA PRINCIPAL. - Constancia. Se deja constancia que, efectuados los llamados de rigor, en la antesala del Tribunal, la demandada principal, correspondiente a Ingeniería Prose SpA., no comparece, pese a encontrarse válidamente notificada. Contestación demanda. - El Tribunal resuelve. - Téngase por evacuado trámite de contestación, en rebeldía de la demandada principal. Conciliación. - El Tribunal resuelve. - La conciliación no se produce, atendida la rebeldía de la demandada principal. Solicitud Abogado Demandante. – Atendida la falta de contestación de la demanda y según lo dispuesto en los artículos 453 N° 1 inciso 7° y 453 N°3 inciso 2° y final, se solicita se tengan por tácitamente admitidos los hechos indicados en la demanda, se omita el trámite de recepción de la causa a prueba y se dicte sentencia definitiva. Fundamentos constan en registro de audio. - El Tribunal Resuelve. - Atendido el mérito de autos, se omite la recepción de la causa a prueba y, el Tribunal, procede a dictar y notificar la sentencia definitiva, en forma inmediata. En cuanto a lo solicitado por la Defensoría Laboral, déjese su resolución para definitiva. Dictación y Notificación de la Sentencia. Se deja constancia que, el registro íntegro de la sentencia, se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en razón de lo dispuesto en Acta 71-2016, de la Excelentísima Corte Suprema. Valparaíso, a veinte de julio de dos mil veinte. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1.698 del Código Civil, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 41 y siguientes, 73, 420, 453 y 496 y siguientes del Código del Trabajo, disposiciones del Decreto de Ley N°3500 y demás normas legales aplicables en la especie, SE DECLARA: I. Que, se acoge, en todas sus partes, la demanda deducida por don CLAUDIO ALEJANDRO  MANCILLA  SALVADE , en contra de su ex empleador, INGENIERIA PROSE SPA, esta última representada por don ALFREDO SEGUNDO ROSALES CERDA, todos ya individualizados, y se condena a la parte demandada a pagar a la parte demandante, la suma de $208.592.-, por concepto de remuneración, por 10 días que prestó servicios, en el mes de abril de 2019, la suma de $312.888.-, por concepto de feriado proporcional y a pagar las cotizaciones de seguridad social, correspondiente a los meses de diciembre de 2018, enero y marzo de 2019, cotizaciones previsionales, de salud y cesantía, en AFP Provida S.A., Fonasa y AFC Chile S.A o en las que corresponda. II. Que, a las sumas indicadas, se le deberán aplicar los intereses y reajustes legales. III. Que, se condena en costas a la parte demandada, por haber sido totalmente vencida en el presente juicio, las cuales el Tribunal regula en la suma de $200.000.-. Regístrese y archívese, en su oportunidad, quedando la parte demandante notificada en esta audiencia y, la demandada principal, según lo dispuesto en el artículo 457 del Código del Trabajo. RIT: M-831-2019 RUC: 1

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO POR VIDEO CONFERENCIA FECHA Valparaíso, 20 de julio de 2020. RUC 19-4-0200283-5 RIT M-831-2019 MAGISTRADO JUAN TUDELA JIMÉNEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Loreto vera González SALA 5 HORA DE INICIO 10:53 horas. HORA DE TÉRMINO 11:06 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 19-4-0200283-5-1338 PARTE DEMANDANTE CLAUDIO

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