LUCIA CRISTINA REIMAN PAILLAO C/ YERKO ORLANDO SOLÍS SÁNCHEZ
Rol
O-5904-2019
Fecha
28 de enero de 2020
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 10/03/2019, a las 14:30 horas aproximadamente, el imputado YERKO ORLANDO SOLIS SANCHEZ, ya individualizado, fue sorprendido por la denunciante LUCIA REIMAN PAILLAO, quien se desempeña como guardia de seguridad en el interior de la MULTITIENDA PARIS, ubicado en ARTURO PRAT 444 de Temuco, intentando traspasar las cajas recaudadoras de dinero sin cancelar 01 RELOJ MARCA HUMANA, especie avaluada en la suma de $ 18.990, lo cual llevaba oculto entre sus pertenencias, a fin de evitar ser descubierto. Temuco, veintiocho de enero de dos mil veinte Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 9,7,340,389,395,398 de Código Procesal Penal 1, 11 Nr. 6, 15 Nr. 1, 70,494 bis del Código Penal , se resuelve: I.- Que se CONDENA a YERKO ORLANDO SOLÍS SÁNCHEZ ya individualizado, a la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor de la Falta de Hurto, del artículo 494 bis EKTXXFYWQX Viviana Andrea Garcia Utreras Juez de garantía Fecha: 29/01/2020 13:28:56 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl del Codigo Penal, frustrado, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 10 de marzo de 2019. II.- Que reuniendo los requisitos del artículo 398 del Código Procesal Penal se suspende la sanción impuesta por el término de 6 meses transcurrido los cuales si no es objeto de formalización o requerimiento se decl
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 9,7,340,389,395,398 de Código Procesal Penal 1, 11 Nr. 6, 15 Nr. 1, 70,494 bis del Código Penal , se resuelve: I.- Que se CONDENA a YERKO ORLANDO SOLÍS SÁNCHEZ ya individualizado, a la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor de la Falta de Hurto, del artículo 494 bis EKTXXFYWQX Viviana Andrea Garcia Utreras Juez de garantía Fecha: 29/01/2020 13:28:56 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl del Codigo Penal, frustrado, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 10 de marzo de 2019. II.- Que reuniendo los requisitos del artículo 398 del Código Procesal Penal se suspende la sanción impuesta por el término de 6 meses transcurrido los cuales si no es objeto de formalización o requerimiento se declarará el sobreseimiento definitivo de la causa III.- Que para el caso que sea revocada la suspensión de la sanción se aplicará el artículo 70 inciso 2 del Código Penal autorizando el pago en el plazo de 30 días, por cuanto no tiene abo
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RESUMEN RIT : 5904 - 2019 RUC : 1900263425-5 MATERIA : Hurto falta , artículo 494 bis Código Penal IMPUTADO : YERKO ORLANDO SOLÍS SÁNCHEZ CÉDULA DE IDENTIDAD : 19198991-0 DOMICILIO : Carlos Condell Nr. 1858 Rio Bueno, ATENUANTES : Artículo 11 N° 6 del Código Penal AGRAVANTES : - RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Hechos: El día 10/03/2019, a las 14:30 horas aproximadamente, el impu
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