Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

SANHUEZA/COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA GREEN GARDEN LIMITADA

Rol

M-512-2019

Fecha

17 de julio de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Horas extras, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se inició esta causa R.I.T. M - 512- 2019, R.U.C. 19-4-0232191-4 en procedimiento monitorio y se ha presentado a la audiencia doña FRANCISCA SANHUEZA VALDERRAMA, garzona, domiciliada en pasaje Aurelio Díaz Meza Nº0711 de la comuna de La Pintana, quien compareció asistida por la Corporación de Asistencia Judicial, oficina de defensa laboral, abogada doña Raquel Cuevas Gálvez. Por su parte la demandada COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA GREEN GARDEN LIMITADA, empresa del giro de su denominación, representada legalmente por don Fabián Miño Vila y/o Felipe Astorga Carrasco, de quienes se ignoran profesiones u oficios, todos domiciliados en Gran Avenida José Miguel Carrera Nº 8736 de la comuna de La Cisterna, pese a encontrarse lealmente notificado para comparecer, la misma no lo ha realizado. OIDOS Y CONSIDERANO: PRIMERO: Que doña FRANCISCA SANHUEZA VALDERRAMA interpuso demanda -en procedimiento monitorio- en contra de su ex empleadora COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA GREEN GARDEN LIMITADA, solicitando que se declarara que esta última debía proceder al pago de las siguientes prestaciones, todas las cuales reclama debidamente reajustadas, con intereses y las costas de la causa: a) $532.667 por concepto de remuneraciones correspondientes a los meses de mayo de 2019 y 17 días de junio de 2019; b) $184.800 por concepto de feriado proporcional correspondiente a 11,66 días corridos; c) Cotizaciones de seguridad social correspondientes a los meses de febrero, mayo y junio de 2019; d) $380.736 por concepto de 144 horas extraordinarias. Funda su demanda indicado que comenzó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia de la demandada el día 26 de septiembre de 2018 prestando servicios de garzona en dependencias de la demandada ubicadas en Gran Avenida José Miguel Carrera Nº 8736, comuna de La Cisterna, labores que eran ejecutadas en una jornada de trabajo de Lunes a Sábado de 11:30 a 20:00 horas,

Fundamentos

motivos de los servicios prestados, la trabajadora percibía una remuneración mensual bruta que ascendía a la suma de $ 340.000, cantidad de la cual se retenían las sumas correspondientes a cotizaciones de seguridad social; lo anterior, según consta del contrato de trabajo incorporado por la propia actora. 3) Que con fecha 17 de junio de 2019, el contrato de trabajo que vinculaba a las partes del presente juicio llegó a su fin por decisión adoptada por la trabajadora quien decidió renunciar en los términos establecidos en el artículo 159 Nº2 del Código del Trabajo; lo anterior se determina haciendo uso de la facultad consagrada en el artículo 453 Nº 1 inciso séptimo del Código del Trabajo. 4) Que, atendido el mérito del certificado emitido por Fonasa de 08 de agosto de 2019, AFP Modelo de igual fecha y AFC, ha de tenerse por establecido que a la fecha de término de la relación laboral de la actora se encontraban adeudadas sus cotizaciones de seguridad social correspondientes a los siguientes meses: febrero, mayo y junio de 2019. 5) Que la demandada no ha acreditado haber pagado las remuneraciones reclamadas por la actora en su demanda; por lo anterior, se dará lugar a dicha prestación en la forma que se indicará en lo resolutivo de esta sentencia. 6) Que en relación a las horas extraordinarias reclamadas por la actora en su demanda ha de indicarse que la misma no acreditó en este proceso tener derecho a las mismas, por lo anterior, su petición será desestimada en la forma que indicará en lo resolutivo de esta sentencia.

Fallo

se declarara que esta última debía proceder al pago de las siguientes prestaciones, todas las cuales reclama debidamente reajustadas, con intereses y las costas de la causa: a) $532.667 por concepto de remuneraciones correspondientes a los meses de mayo de 2019 y 17 días de junio de 2019; b) $184.800 por concepto de feriado proporcional correspondiente a 11,66 días corridos; c) Cotizaciones de seguridad social correspondientes a los meses de febrero, mayo y junio de 2019; d) $380.736 por concepto de 144 horas extraordinarias. Funda su demanda indicado que comenzó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia de la demandada el día 26 de septiembre de 2018 prestando servicios de garzona en dependencias de la demandada ubicadas en Gran Avenida José Miguel Carrera Nº 8736, comuna de La Cisterna, labores que eran ejecutadas en una jornada de trabajo de Lunes a Sábado de 11:30 a 20:00 horas, efectuando horas extraordinarias que nunca le fueron pagadas. Sostiene que por esos servicios percibía una remuneración ascendente a la suma de $340.000 mensuales. Agrega que su contrato de duración indefinida llegó a su fin el 17 de junio de 2019 oportunidad en que decidió terminar su relación laboral por renuncia voluntaria atendidos los incumplimientos contractuales incurridos por su ex empleadora. Finalizada indicado que efectuó el reclamo ante la Inspección del Trabajo, instancia administrativa a la que no concurrió la parte demandada. Por todo lo anterior, pide que se

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Poder Judicial CHILE PROCEDIMIENTO: Monitorio. MATERIA: Cobro de prestaciones. DEMANDANTE: Francisca Sanhueza Valderrama. DEMANDADO: Comercializadora y Distribuidora Green Garden Limitada. RIT: M – 512-2019 RUC: 19-4-0232191-4 _________________________________________/ San Miguel, a diecisiete de julio de dos mil veinte. VISTOS Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se inici

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