MINISTERIO PUBLICO . . C/ MARÍA ANGÉLICA GONZÁLEZ SANDOVAL
Rol
O-240-2019
Fecha
27 de enero de 2020
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que motivaron el presente juicio, se contienen en la acusación deducida por el Ministerio Público en contra de los imputados, la cual señala lo siguiente: “El día 24 de diciembre de 2015, a las 11.00 horas aproximadamente, en el estacionamiento del Supermercado Jumbo, ubicado en Avenida O'Higgins N° 134, comuna de Chillan, la acusada MARIA ANGELICA GONZALEZ SANDOVAL tenía en su poder el vehículo marca Hyundai, modelo i10, color dorado, P.P.U. BVJS-91, de propiedad de GLINTON VALTTER CHEVESICH OSSES, el cual se encontraba en prenda y que había sido objeto de apropiación indebida en la ciudad de Villa Alemana en el año 2013. El vehículo fue comprado por GONZALEZ SANDOVAL, en el mes de marzo de 2015 a CHRISTIAN ALEJANDRO JIMENEZ RIVEROS, conociendo la acusada o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de la especie, toda vez que el GSWWXEZSXT Juan Pablo Lagos Ortega Juez oral en lo penal Fecha: 27/01/2020 13:45:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 vendedor no le entregó ni exhibió documentación que acreditara su legitima procedencia, exhibiéndole en cambio dos documentos que daban cuenta de una adquisición irregular, a saber: 1) Un contrato de promesa de venta, celebrado entre terceras personas, en el cual se señalaba expresamente que el propietario del automóvil era la víctima CHEVESICH OSSES, quien no comparecía firmando dicho contrato; y 2) Una falsa carta poder supuestamente emanada de la víctima, la cual contenía una firma falsa y una impresión dactilar que no correspondía a CHEVESICH OSSES, media
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e Intervinientes: Que, los días veintiuno y veintidós de enero del presente año dos mil veinte, ante este Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Chillán, constituido por los jueces titulares don Jorge Muñoz Guíñez, quien presidió la audiencia y don Juan Pablo Lagos Ortega, de conformidad a lo previsto en el artículo 284 del Código Procesal Penal, luego que don Oscar Ruiz Paredes
Fallo
se declarase imposibilitado de continuar en la audiencia, se llevó a efecto audiencia de Juicio Oral en la causa RIT 240 – 2019, seguida por el delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, en contra de MARIA ANGÉLICA GONZALEZ SANDOVAL, RUN 12.547.834-4, 45 años, nacida el 21 de agosto de 1974, soltera, dueña de casa, domiciliada en Sector Macal sin número, San Fabián de Alico, representada por el abogado Defensor privado don Guillermo Leighton Quiñones, y en contra de CHRISTIAN ALEJANDRO JIMENEZ RIVEROS, RUN 11.534.582-6, 51 años, casado, nacido el 27 de diciembre de 1969, comerciante, domiciliado en Patricio Lynch N° 215 Población Valenzuela Silva, Chillan, representado por el abogado Defensor privado don Giovanni Gotelli Méndez. Ambos defensores cuentan con domicilio y forma de notificación registrada en el Tribunal. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representada por el Fiscal Adjunto don Juan Rohr Bocaz, con domicilio y forma de notificación registrada en el tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal: Que, los hechos que motivaron el presente juicio, se contienen en la acusación deducida por el Ministerio Público en contra de los imputados, la cual señala lo siguiente: “El día 24 de diciembre de 2015, a las 11.00 horas aproximadamente, en el estacionamiento del Supermercado Jumbo, ubicado en Avenida O'Higgins N° 134, comuna de Chillan, la acusada MARIA ANGELICA GONZALEZ SANDOVAL tenía en su poder el vehículo marca Hyundai, modelo i10, color dorado, P.P.U. BVJS-91, de
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1 Chillán, veintisiete de enero de dos mil veinte. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e Intervinientes: Que, los días veintiuno y veintidós de enero del presente año dos mil veinte, ante este Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Chillán, constituido por los jueces titulares don Jorge Muñoz Guíñez, quien presidió la audiencia y don Juan Pablo Lagos Ortega, de conformidad a lo previst
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