Juzgado de Garantía de Ovalle.

ANGELO ANDRES SEPULVEDA CARVAJAL C/ ROBERTO ADEMIR SEPÚLVEDA ORTIZ

Rol

O-3493-2019

Fecha

23 de enero de 2020

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 20 de noviembre de 2018, a la 23:15 horas aproximadamente, en el kilómetro 381 de la Ruta 5 norte, comuna de Ovalle, el imputado Roberto Ademir Sepúlveda Ortiz, condujo en estado de ebriedad el camión PPU XN.8595, marca Mercedes Benz, modelo 1938 S 33, año 2004, color blanco, impactó las barreras de contención ubicadas en el lugar, dañándola en 92 metros de extensión, de propiedad de la Sociedad Concesionaria del Elqui, avaluados en la suma de $2.835.254, siendo fiscalizada por funcionarios de Carabineros, quienes la trasladaron al Servicio de Urgencias del Hospital de Ovalle, donde se le realizó examen de alcoholemia el cual dio como resultado científico 2,0 g% (dos coma cero gramos por mil en la sangre). (sic) Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 11 nº 9,12 n° 16, 14, 15 nº 1, 24, 26, 30, 50, 67, 68, 70, todos del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 341, 342, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 110 y 196 de la Ley n° 18.290; artículos 1, 8 y siguientes de la Ley n° 18.216, se declara: I.- Que, se condena a Roberto Ademir Sepúlveda Ortiz, cédula de identidad N°10.221.718-7, ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de conducción de vehiculo motorizado en estado de ebriedad con resultado de daños, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación con el artículo 110 de la Ley nº 18.290 de Tránsito, ilícito perpetrado el día 20 de noviembre del año 2018, en la comuna de Ovalle, a sufrir la pena de CIENTO CINCUENTA (150) DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, multa de dos (02) Unidades Tributarias Mensuales, más las penas legales accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Asimismo, se condena al sentenciado a la pena accesoria de SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA para conducir vehículos motorizados por el término de CINCO (05) AÑOS, y en consideración a que el sentenciado hizo entrega de su licencia de

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a Roberto Ademir Sepúlveda Ortiz, cédula de identidad N°10.221.718-7, ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de conducción de vehiculo motorizado en estado de ebriedad con resultado de daños, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación con el artículo 110 de la Ley nº 18.290 de Tránsito, ilícito perpetrado el día 20 de noviembre del año 2018, en la comuna de Ovalle, a sufrir la pena de CIENTO CINCUENTA (150) DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, multa de dos (02) Unidades Tributarias Mensuales, más las penas legales accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Asimismo, se condena al sentenciado a la pena accesoria de SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA para conducir vehículos motorizados por el término de CINCO (05) AÑOS, y en consideración a que el sentenciado hizo entrega de su licencia de conducir al Tribunal para su custodia, se comenzara a contar el término de la suspensión precitada desde esta fecha. Ofíciese al Registro Nacional WPPFXGVGFW Roberto Javier Gahona Rojas Juez de garantía Fecha: 31/01/2020 13:32:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. FECHA Y LUGAR: Ovalle, veintitrés de enero de dos mil veinte. TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE OVALLE MAGISTRADO: ROBERTO JAVIER GAHONA ROJAS RUC: 1801184184-4 RIT: 3493 - 2019 IMPUTADO: Roberto Ademir Sepúlveda Ortiz RUN 10.221.718-7 FECHA DE NAC. 28-10-1968 DIRECCIÓN Calle Regidor Tito Jiménez N° 540, Villa Bicentenario. COMUNA Isla

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