MP C/ MARCELO FABIÁN SEPÚLVEDA OGALDE
Rol
O-6200-2018
Fecha
23 de enero de 2020
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El día 20 de Noviembre de 2018, siendo aproximadamente a las 13.00 horas, Carabineros de FF.EE que realizaban controles vehiculares en la intersección de calle Latorre con calle Sotomayor de esta comuna, se percataron de dos camionetas que se desplazaban hacia el Norte, cuyos conductores, vale decir, los imputados, no obedecieron las señales de detenerse y evadieron el control policial dándose a la fuga hasta que debido a la congestión vehicular debieron detenerse, momento en que abandonaron los vehículose intentaron huir a pie, siendo perseguidos y alcanzados en la intersección de calles Vivar y Bañados Espinoza, lugar donde fueron sometidos a un control de identidad; y al consultar los antecedentes de dichos vehículos los funcionarios policiales fueron informados que las camionetas una marca Toyota, modelo Hilux, color blanco, años 2017, patente JDKC-76, conducida por el imputado Sepúlveda Ogalde, y la otra marca Ford Raptor, modelo F150, color rojo, año 2018, patente HCCX- 10, conducida por el imputado Quezada Lobos, mantenían encargos vigentes por robo N° 3511- 11- 2018 y N° 3286- 11- 2018, respectivamente, por denuncias formuladas en la 2ª Comisaría de Carabineros de Copiapó, por lo que procedieron a detenerlos en el mismo lugar. Los imputados conocían o no podían menos que conocer el origen espurio de los vehículos. El imputado acepta procedimiento abreviado y el Tribunal resuelve: Calama, veintitrés de enero de dos mil veinte Y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 1, 4, 7, 11 N° 6, 14, 15 N° 1, 18, 21, 30, 50, 68, 69, 70, 456 bis A 449 del Código Penal, artículos 407 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 19 N° 3 dela Constitución Política de la República, artículos 1, 4, 38 de la Ley 18.216, artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales; se resuelve: I.- Que, se condena a MARCELO FABIÁN SEPÚLVEDA OGALDE, cedula de identidad N° 0019484762-9, ya individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor e
Fallo
se resuelve: I.- Que, se condena a MARCELO FABIÁN SEPÚLVEDA OGALDE, cedula de identidad N° 0019484762-9, ya individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, más multa de 02 Unidades Tributarias Mensuales, y la accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor y en grado de consumado del delito de Receptación de vehículo, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal, por el hecho cometido en esta jurisdicción el día 20 de Noviembre de 2018. II.- Que, se le concede la pena sustitutiva de remisión condicional, por el mismo periodo de duración de la condena. El sentenciado deberá presentarse el día 03 de febrero de 2020 ante el Centro de Reinserción Social de su domicilio; y en el evento de revocársele el beneficio otorgado, se le reconoce como abono trece días que permaneció privado de libertad por esta causa. III.- Que, el pago de la multa impuesta, se le conceden CUATRO cuotas iguales, mensuales y sucesivas de media Unidad Tributaria Mensual cada una, debiendo cancelar la primera cuota el día 03 de febrero de 2020 y así sucesivamente. El no pago de una de las cuotas hará exigible el total de la pena de multa y se aplicarán penas sustitutivas establecidas en el artículo 49 del Código Penal, sin días de abono a considerar. IV- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. V.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecido
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ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO RIT : 6200 - 2018 RUC : 1801146684-9 FECHA : veintitrés de enero de dos mil veinte HORA INICIO : 10:33 hrs. HORA TÉRMINO : 10:52 hrs. DELITO : RECEPTACION. ART. 456 BIS A. JUEZ : LORETO ALEJANDRA FIGUEROA TOLOSA FISCAL : PRSCILA GUNARIS BRACAMONTE DEFENSOR : MARCELA FUENTES MONTERO IMPUTADO : MARCELO FABIÁN SEPÚLVEDA OGALDE RUT : 0019484762-9 DOMICILIO (AR
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