MP C/ JOHN LUIS REYES CANALES
Rol
O-508-2019
Fecha
24 de enero de 2020
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos de la acusación. Que los hechos materia de la acusación son los siguientes: “El día 10 de febrero de 2019, alrededor de las 17:50 horas, los acusados John Luis Reyes Canales y Gianni Andrés Maturana Vera, mientras circulaban a bordo del vehículo marca Kia modelo Cerato placa patente JGTK-33, fueron fiscalizados por personal de Carabineros en avenida Borgoño esquina de calle Las Helenas, comuna de Concón; encontrándose el acusado John Luis Reyes Canales como conductor y el acusado Gianni Maturana Vera como acompañante. Es así, que en el contexto de un control de identidad y registro de vestimentas y pertenencias, el personal policial estableció que los acusados John Luis Reyes Canales WXQQXETNRG Marcela Francis Nash Alvarez Juez oral en lo penal Fecha: 24/01/2020 16:04:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 y Gianni Andrés Maturana Vera mantenían en su poder cantidades de droga, de dinero y armas, según el siguiente detalle: bajo el asiento del conductor correspondiente al acusado John Luis Reyes Canales, el personal policial encontró una hoja de papel cuadriculado contenedora de 36,7 gramos netos de clorhidrato de cocaína, más una pesa digital para la dosificación y pesaje de la droga. En tanto, bajo el asiento del copiloto correspondiente al acusado Gianni Andrés Maturana Vera, los funcionarios policiales encontraron una pistola marca Glock de color negro calibre .45 auto, la que contenía en su cargador 12 cartuchos del mismo calibre y una subametralladora de fogueo marca Ekol calibre 9mm con 6 cartuchos d
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante este tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, el tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, presidido por el magistrado Cristóbal Lira Orphanopolus, e integrada por las jueces Camilo Obrador Castro y Marcela Nash Álvarez, tuvo lugar el juicio oral seguido en contra de Gianni Andrés Maturana Vera, soltero, 21 años, CNI Nº 20.062.485-8, estudiante de enseñanza media, domiciliado en calle Amancay N° 4625, Villa Valle del Sol, Puente Alto, representado por el defensor Renato Ibarra Ruiz; y de John Luis Reyes Canales, 37 años, CNI N° 15.466.144-1, conductor, domiciliado en avenida Los Boldos, parcela 55, sitio 14, El Tabo, representado por el defensor José Andrés Flores Aravena. El Ministerio Público estuvo representado en la audiencia por el fiscal Guillermo Sánchez Psijas. SEGUNDO: Hechos de la acusación. Que los hechos materia de la acusación son los siguientes: “El día 10 de febrero de 2019, alrededor de las 17:50 horas, los acusados John Luis Reyes Canales y Gianni Andrés Maturana Vera, mientras circulaban a bordo del vehículo marca Kia modelo Cerato placa patente JGTK-33, fueron fiscalizados por personal de Carabineros en avenida Borgoño esquina de calle Las Helenas, comuna de Concón; encontrándose el acusado John Luis Reyes Canales como conductor y el acusado Gianni Maturana Vera como acompañante. Es así, que en el contexto de un control de identidad y registro de vestimentas y pertenencias, el personal policial estableció que los acusados John Luis Reyes Canales WXQQXETNRG Marcela Francis Nash Alvarez Juez oral en lo penal Fecha: 24/01/2020 16:04:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 y Gianni Andrés Maturana Vera mantenían en su poder cantidades de droga, de dinero y armas, según el siguiente detalle: bajo el asiento del conductor correspondiente al acusado John Luis Reyes Canales, el personal policial encontró una hoja de papel cuadriculado contenedora de 36,7 gramos netos de clorhidrato de cocaína, más una pesa digital para la dosificación y pesaje de la droga. En tanto, bajo el asiento del copiloto correspondiente al acusado Gianni Andrés Maturana Vera, los funcionarios policiales encontraron una pistola marca Glock de color negro calibre .45 auto, la que contenía en su cargador 12 cartuchos del mismo calibre y una subametralladora de fogueo marca Ekol calibre 9mm con 6 cartuchos de fogueo del mismo calibre en su cargador. Por su parte, en el habitáculo que está entre los dos asientos delanteros, el person
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 nº 9, 14 nº 1, 15 nº 1, 21, 29, 50 y 68 bis del Código Penal; artículos 1, 45, 48, 295, 296, 297, 309, 325, 326, 328, 332, 333, 340, 342, 344, y 346 del Código Procesal Penal; y pertinentes de las Leyes 17.798, 18.216 y 20.000, se declara: I.- Que absuelve a Gianni Andrés Maturana Vera de la acusación deducida en su contra, como autor de los delitos que se dijeron cometidos por él, en Concón, el día 10 de febrero de 2019. II.- Que se condena a John Luis Reyes Canales, como autor del delito de tenencia ilegal de arma de fuego y municiones del artículo 9 en relación con el artículo 2 de la Ley 17.798, cometido en grado de consumado, en Concón, el día 10 de febrero de 2019, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, y accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. III.- Que se condena a John Luis Reyes Canales, como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes del artículo 4 de la ley 20.000, cometido en grado de consumado, en Concón, el día 10 de febrero de 2019, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, accesoria legal de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, y al pago de una multa de 4 UTM que podrá cancelar mensualmente, en cuatro cuotas iguales y sucesivas. IV.- Que se absuelv
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1 Delitos de la acusación : Artículo 9 Ley 17.798; artículo 4 de la ley 20.000; y artículo 445 del Código Penal Fiscal : Guillermo Sánchez Psijas Acusado : Gianni Andrés Maturana Vera Defensor : Renato Ibarra Ruiz Acusado : John Luis Reyes Canales Defensor : José Andrés Flores Aravena RUC : 1900154335-3 RIT : 508-19 Viña del Mar, veinticuatro de enero de dos mil veinte. Visto, oído y considerando
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