14º Juzgado de Garantía de Santiago

FALABELLA RETAIL S.A. C/ SEBASTIÁN IGNACIO ROMERO ESPINOZA

Rol

O-9354-2019

Fecha

24 de enero de 2020

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía de Santiago, se llevó a cabo la audiencia de juicio simplificado, con esta fecha, en la causa RUC N°1901073355-6, RIT N°9354-2019, en contra del imputado SEBASTIÁN IGNACIO ROMERO ESPINOZA, 21 años de edad, nacido el 21 de abril de 1998, cédula de identidad N°19.880.398-7, comerciante, soltero, domiciliado en calle Pedro Hunneus N°0775, comuna de La Pintana; quien citado legalmente compareció a la audiencia, en la que estuvo presente el representante del Ministerio Público la Sra. Fiscal doña Alicia Crisosto y por la Defensa el Sr. Defensor de la Defensoría Penal Público Cristian Basoalto. En esta causa se presentó en su oportunidad requerimiento en procedimiento simplificado, y en la audiencia fijada al efecto, celebrada el 05 de octubre de 2019, el requerido al ser preguntado por el Juez, conforme al artículo 395 del Código Procesal Penal, solicitó la realización del juicio. El hecho atribuido al imputado consiste en síntesis en que: “El día 04 de octubre de 2019 aproximadamente a las 19:59 horas, el imputado ya individualizado se encontraba al interior de la tienda Falabella, ubicado en Avenida Vicuña Mackenna 7110 de la comuna de La Florida, desde donde sustrajo especies avaluadas en la suma total de $539.820, siendo detenida por los guardias de seguridad de la referida tienda en los momentos en que traspasaba las paletas de seguridad sin cancelar el valor de las especies.(SIC) El ilícito antes indicado a juicio del Ministerio Público constituye un delito de Hurto Simple, del artículo 446 N°2 del Código Penal y le atribuye participación en calidad de autor. En atención a que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, el Ministerio Público pidió se le imponga la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 5 unidades tributarias mensual y costas de la causa. SEGUNDO: Que el Ministerio Público en su alegato de apertura pidió que se falle de acuerdo a lo hechos indicados en el requerimiento y dado que no concurrieron los testigos, y prescindió de la restante prueba ofrecida, en la clausura reiteró la petición. Que la defensa efectuó la alegación en su alegato de apertura y clausura en los mismos términos que el Ministerio Público. TERCERO: Que no existiendo prueba para ser ponderada, existe más de una duda razonable acerca de la efectividad de la existencia del hecho como de una eventual participación que analizar a la luz del Código Penal. Se debe tener presente que el legislador al momento de consagrar la XJTXECDFE ANDREA CECILIA ACEVEDO MUNOZ Juez de garantía Fecha: 24/01/2020 13:15:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras qu

Fallo

se declara que: I.- Que se absuelve al requerido SEBASTIÁN IGNACIO ROMERO ESPINOZA, de la imputación formulada en su contra por el Ministerio Público. II.- Que se exime al Ministerio Público y la querellante del pago de las costas de la causa. Regístrese y teniendo en consideración que los intervinientes han renunciado a los recursos legales para recurrir en su contra en la audiencia de rigor, téngasela por ejecutoriada y dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. DICTADA POR DOÑA ANDREA ACEVEDO MUÑOZ, JUEZ DE GARANTÍA TITULAR DECIMOCUARTO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. XJTXECDFE ANDREA CECILIA ACEVEDO MUNOZ Juez de garantía Fecha: 24/01/2020 13:15:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-01-24T13:15:14-0300 Corte Suprema ANDREA CECILIA ACEVEDO MUNOZ Verificación Legal

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Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía de Santiago, se llevó a cabo la audiencia de juicio simplificado, con esta fecha, en la causa RUC N°1901073355-6, RIT N°9354-2019, en contra del imputado SEBASTIÁN IGNACIO ROMERO ESPINOZA, 21 años de edad, nacido el 21 de abril de 1998, cédula de identidad N°19.880.398-

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