MAURICIO GONZALO LOBOS APATA C/ VÍCTOR MANUEL OJEDA MUÑOZ
Rol
O-5056-2019
Fecha
24 de enero de 2020
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Hechos: “El día 29 de agosto de 2018, alrededor de las 02:45 horas, el imputado VICTOR MANUEL OJEDA MUÑOZ, conducía en estado ebriedad, el automóvil marca Hyundai, modelo Accent, color verde, año 1996, P.P.U. PK-8151, por calle Tierra del Fuego con Los Gladiolos, comuna de Algarrobo, lugar donde fue fiscalizado por Carabineros, quienes se pudieron percatar que el requerido presentaba rostro congestionado e incoherencia al hablar. Efectuándole el examen respiratorio Intoxileyzer arrojó 1.39 g/l, según muestra N°3340. Posteriormente el informe de alcoholemia arrojo que el día de los hechos el imputado conducía con 1.69 gramos por mil de alcohol en la sangre” (sic). Dando por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado registrado íntegramente en las pistas de audio del Tribunal y no se reproduce por un tema de economía procesal. Y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 5°, 7°, 11 N° 9, 14, 30, 49, 50, 62, 67, 69 y 70 del Código penal; artículos 110, 111 y 196 de la Ley de tránsito; artículos 388 y siguientes del Código procesal penal; artículos 11 y siguientes de la ley 18.216; artículo 600 del Código orgánico de tribunales; y demás normas jurídicas aplicables, SE RESUELVE: I. Que se condena a don VICTOR MANUEL OJEDA MUÑOZ, Cédula de Identidad N° 13.286.628-7, ya individualizado en este proceso, como autor del delito consumado de MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD, ilícito previsto y sancionado en el artículo 196 de la ley de tránsito en relación al artículo 110 del mismo cuerpo legal, por los hechos ocurridos con fecha 29 de agosto de 2018, en la comuna de Algarrobo, a sufrir la pena privativa de libertad de 61 días de presidio menor en su grado mínimo; igualmente, se le impone la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; y la pena de multa ascendente a 2 UTM, dándole para su pago 120 días desde la ejecuto
Fallo
SE RESUELVE: I. Que se condena a don VICTOR MANUEL OJEDA MUÑOZ, Cédula de Identidad N° 13.286.628-7, ya individualizado en este proceso, como autor del delito consumado de MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD, ilícito previsto y sancionado en el artículo 196 de la ley de tránsito en relación al artículo 110 del mismo cuerpo legal, por los hechos ocurridos con fecha 29 de agosto de 2018, en la comuna de Algarrobo, a sufrir la pena privativa de libertad de 61 días de presidio menor en su grado mínimo; igualmente, se le impone la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; y la pena de multa ascendente a 2 UTM, dándole para su pago 120 días desde la ejecutoria de la sentencia. II. Que en el evento de no pagar la multa impuesta en el plazo otorgado ni pedir dentro del mismo la conversión por PSBC, conforme dispone el artículo 49 del Código penal, se despachará orden de aprehensión, para que ingrese a cumplir días de reclusión proporcionales. VBZXEMECD Juan Pablo Flores Menendez Juez de garantía Fecha: 24/01/2020 12:24:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos
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San Antonio, a veinticuatro de enero de dos mil veinte. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Hechos: “El día 29 de agosto de 2018, alrededor de las 02:45 horas, el imputado VICTOR MANUEL OJEDA MUÑOZ, conducía en estado ebriedad, el automóvil marca Hyundai, modelo Accent, color verde, año 1996, P.P.U. PK-8151, por calle Tierra del Fuego con Los Gladiolos, comuna de Algarrobo, lugar donde fue fiscaliz
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