TOBAR/MAS CERCA CALL CENTER S.A.
Rol
M-1429-2020
Fecha
15 de julio de 2020
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que constan en registro de audio: 1) Sonia Elvira Balboa Rivera, cédula de identidad N° 16.149.297-3. 2) Elisa García López, cédula de identidad N° 19.058.289-2 Exhibición de documentos: La parte demandante exhibe a la demandada los siguientes documentos solicitados: Boletas de honorarios o pagos que de cualquier forma le realizaba la empresa YUSIC desde enero a mayo de 2020. La parte demandada tiene por cumplida la exhibición. La parte demandante se desiste de la prueba confesional que se encontraba pendiente. Observaciones a la prueba: Las partes realizan las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. Sentencia: TRIBUNAL 2º JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO. FECHA 15 de julio de 2020. RIT M-1429-2020 CARATULADO TOBAR /MAS CERCA CALL CENTER S.A. TIPO PROCEDIMIENTO MONITORIO DEMANDANTE DEMANDANTE ELOÍSA GABRIELA TOBAR LORCA CÉDULA DE IDENTIDAD DEMANDANTE 13.254.451-4 DOMICILIO Socrates 1789, Peñalolen ABOGADO PARTE DEMANDANTE ULISES ISAÍAS MOYA NAVARRETE DEMANDADO DEMANDADO MAS CERCA CALL CENTER S.A. RUT DEMANDADO 99.555.710-K DOMICILIO Tarapacá 1076, Santiago REPRESENTANTE LEGAL DEMANDADO José Antonio Llanos Díaz CÉDULA DE IDENTIDAD REP. LEGAL 9.909.846-5 ABOGADO PARTE DEMANDADA GERARDO MARCELO ARÉVALO LÓPEZ Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1 a 11, 160, 162, 163, 168, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 459 y 496 y siguientes, todos del Código del Trabajo; además de artículo 2 inciso 3° de la Ley Nº 19.728 y artículo 4 del D.L. 3500; se resuelve: I.- Que se acoge parcialmente la demanda interpuesta por ELOÍSA GABRIELA TOBAR LORCA en contra de MAS CERCA CALL CENTER SpA., ambos ya individualizados, declarándose que el despido que afectó al actor resulta injustificado y –en consecuencia– la demandada deberá pagar a la demandante las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por $290.000.- b) Indemnización por cinco a
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1 a 11, 160, 162, 163, 168, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 459 y 496 y siguientes, todos del Código del Trabajo; además de artículo 2 inciso 3° de la Ley Nº 19.728 y artículo 4 del D.L. 3500; se resuelve: I.- Que se acoge parcialmente la demanda interpuesta por ELOÍSA GABRIELA TOBAR LORCA en contra de MAS CERCA CALL CENTER SpA., ambos ya individualizados, declarándose que el despido que afectó al actor resulta injustificado y –en consecuencia– la demandada deberá pagar a la demandante las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por $290.000.- b) Indemnización por cinco años de servicio por la cantidad de $1.450.000.- c) Recargo legal del 80% de la indemnización anterior por la suma de $1.160.000.- d) Feriado proporcional por la suma de $63.220.- II.- Que las cantidades ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que se indican en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se rechaza la demanda en todo lo demás. IV.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad los autos. Ejecutoriada esta sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día. En caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas, en especial de la sentencia dictada precedentemente.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO MONITORIO FECHA 15 DE JULIO DE 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA VIRTUAL 5 RUC 20-4-0269947-8 RIT M-1429-2020 MAGISTRADO VÍCTOR COVARRUBIAS SUAREZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS VICTORIA ACUÑA PETERSSEN HORA DE INICIO 13:05 HORAS HORA DE TÉRMINO 14:31 HORAS Nº REGISTRO DE A
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