MP C/ ALAN ALEJANDRO VALDEBENITO ROMERO
Rol
O-5530-2018
Fecha
22 de enero de 2020
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en el requerimiento, pese a tener derecho a un juicio oral. Y visto además lo prescrito en los artículos 1, 3, 5,7, 11 N° 9, 15 N°1, 30, 67, 70, 456 Bis A, del Código Penal; artículos, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 1, 4 de la ley 18.216 se declara: I.- Que, se condena a don LUIS EDUARDO CURA INOSTROZA, RUN: 17.103.292-K, ya individualizado, como autor del delito de receptación previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 06 de julio de 2019, a sufrir la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena y multa de dos unidad tributaria mensual, otorgándole dos cuotas para el pago de la multa. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, quedando sujeto al control del CRS de Santiago sur I, por el plazo de un año, debiendo presentarse el día 10 de febrero de 2020. Para el evento de revocársele la pena sustitutiva deberá cumplir la pena efectivamente impuesta, sirviéndole de abonos dos días que estuvo privado de libertad en la presente causa. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. IV.- Se decreta el comiso de la especie incautada. Dése cumplimiento en su oportunidad al artículo 468 del Código Procesal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RUC N° 1801199925-1 RIT N° 5530-2018 BESMXELJJD VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA Juez de garantía Fecha: 24/01/2020 12:36:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S a
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a don LUIS EDUARDO CURA INOSTROZA, RUN: 17.103.292-K, ya individualizado, como autor del delito de receptación previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 06 de julio de 2019, a sufrir la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena y multa de dos unidad tributaria mensual, otorgándole dos cuotas para el pago de la multa. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, quedando sujeto al control del CRS de Santiago sur I, por el plazo de un año, debiendo presentarse el día 10 de febrero de 2020. Para el evento de revocársele la pena sustitutiva deberá cumplir la pena efectivamente impuesta, sirviéndole de abonos dos días que estuvo privado de libertad en la presente causa. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. IV.- Se decreta el comiso de la especie incautada. Dése cumplimiento en su oportunidad al artículo 468 del Código Procesal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RUC N° 1801199925-1 RIT N° 5530-2018 BESMXELJJD VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA Juez de garantía Fecha: 24/01/2020 12:36:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visuali
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Melipilla, veintidós de enero de dos mil veinte TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE Melipilla MAGISTRADO: VICTOR FERNANDEZ ORTEGA PROCEDIMIENTO: ABREVIADO RUC: 1801199925-1 RIT: 5530-2018 IMPUTADO : LUIS EDUARDO CURA INOSTROZA C.I. : 0017103292-K FECHA DE NAC.: 27-02-1989 DIRECCION: POB. SAN GREGORIO, 1 ORIENTE Nº 8251 COMUNA: LA GRANJA D
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