4º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ NICOLE ESTEFANNI FUENTES VÁSQUEZ

Rol

O-8909-2019

Fecha

21 de enero de 2020

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “Que el día 30 de agosto del 2019 aproximadamente a las 19:15 horas la imputada Nicole Estefanni Fuentes Vásquez ingresó al mall Plaza Los Dominicos ubicado en avenida Padre Hurtado Sur n°875 de la comuna de Las Condes y una vez allí ingresó a la tienda Falabella de dicho mall y sustrajo diversas especies prendas de vestir consistentes en pantalones, 2 buzos, polerones y una chaqueta; especies que fueron avaluadas en la suma de $295.900 pesos. La imputada intentó salir de la tienda sin pagar por las especies siendo detenida por las guardias de seguridad”. A juicio del Ministerio Público los hechos enunciados configuran el delito de hurto simple, previsto y sancionado en los artículos 446 N°2 del Código Penal, frustrado, hecho en el que atribuye a la requerida una participación de autora y solicita sea condenada a una pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de seis unidades tributarias mensuales, accesorias legales y al pago de las costas de la causa. LGQVXDLXSS DANIELA VERONICA GUERRERO GONZALEZ Juez de garantía Fecha: 23/01/2020 13:59:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl SEGUNDO: Que, el Ministerio Público en su alegato de apertura sostuvo que probará los hechos contenidos en el requerimiento a través de la declaración de un testigo y prueba documental. Que, en el alegato de clausura, la fiscalía considera justificado el delito y comprobada la participación a través del testimonio del testigo y la fotografía. Rechaza la teoría alternativa de la Defensa acerca de la falta d

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que, ante este Cuarto Juzgado de Garantía, el Ministerio Público presenta requerimiento en procedimiento simplificado contra NICOLE ESTEFANNI FUENTES VÁSQUEZ, cédula de identidad Nº 23.802.656-3, empleada, domiciliada en calle Los Pinos N º 937, Cerro Las Delicias, Valparaíso, por la presunta responsabilidad en calidad de autora atribuida en la comisión de un simple delito de hurto. Que, el día 16 del presente mes y año, con la comparecencia del Ministerio Público, representado por el fiscal Claudio Gutierrez Pereira, el abogado Sebastian Ramos Vega en representación de la víctima, la requerida y el abogado de la Defensoría Penal Pública Nelson Salas Stevens, tuvo lugar la audiencia de juicio oral simplificado, en el que luego de verificado, el tribunal pronunció su decisión de absolución, fijando la presente audiencia para la lectura del fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO : Que, el requerimiento se funda en la relación de los siguientes hechos: “Que el día 30 de agosto del 2019 aproximadamente a las 19:15 horas la imputada Nicole Estefanni Fuentes Vásquez ingresó al mall Plaza Los Dominicos ubicado en avenida Padre Hurtado Sur n°875 de la comuna de Las Condes y una vez allí ingresó a la tienda Falabella de dicho mall y sustrajo diversas especies prendas de vestir consistentes en pantalones, 2 buzos, polerones y una chaqueta; especies que fueron avaluadas en la suma de $295.900 pesos. La imputada intentó salir de la tienda sin pagar por las especies siendo detenida por las guardias de seguridad”. A juicio del Ministerio Público los hechos enunciados configuran el delito de hurto simple, previsto y sancionado en los artículos 446 N°2 del Código Penal, frustrado, hecho en el que atribuye a la requerida una participación de autora y solicita sea condenada a una pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de seis unidades tributarias mensuales, accesorias legales y al pago de las costas de la causa. LGQVXDLXSS DANIELA VERONICA GUERRERO GONZALEZ Juez de garantía Fecha: 23/01/2020 13:59:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl SEGUNDO: Que, el Ministerio Público en su alegato de apertura sostuvo que probará los hechos contenidos en el requerimiento a través de la declaración de un testigo y prueba documental. Que, en el alegato de clausura, la fiscalía considera justificado el delito y comprobada la participación a través del testimonio del testigo y la fotografía. Rechaza la teoría alternativa de la Defensa acerca de la falta de conocimiento de la imputada respecto

Fallo

se declara: I.- Que, se absuelve a NICOLE ESTEFANNI FUENTES VÁSQUEZ, ya individualizada, de los cargos formulados por el Ministerio Público en el requerimiento, constitutivos de un delito de hurto presuntamente cometido el 30 de octubre de 2019. II.- Que, se exime al Ministerio Público del pago de las costas de la causa. Devuélvase la prueba documental y la imagen ofrecida. Regístrese y léase en la audiencia de comunicación de sentencia. LGQVXDLXSS DANIELA VERONICA GUERRERO GONZALEZ Juez de garantía Fecha: 23/01/2020 13:59:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl RUC 1900939548-5 RIT 8909-2019 PRONUNCIADA POR DOÑA DANIELA GUERRERO GONZÁLEZ, JUEZ TITULAR. LGQVXDLXSS DANIELA VERONICA GUERRERO GONZALEZ Juez de garantía Fecha: 23/01/2020 13:59:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agall

Texto Completo (Preview)

*CONTRA/ NICOLE ESTEFANNI FUENTES VÁSQUEZ RUC 1900939548-5 RIT 8909-2019 Santiago, veintiuno de enero de dos mil veinte. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: Que, ante este Cuarto Juzgado de Garantía, el Ministerio Público presenta requerimiento en procedimiento simplificado contra NICOLE ESTEFANNI FUENTES VÁSQUEZ, cédula de identidad Nº 23.802.656-3, empleada, domiciliada en calle Los Pinos N º 937, Cer

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