VERÓNICA DEL PILAR DURÁN CONCHA C/ MARGOT DEL CARMEN COFRÉ CONTRERAS
Rol
O-12996-2018
Fecha
22 de enero de 2020
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 20/07/2018, alrededor de las 14:40 horas, en el CDP Santiago Sur, ubicado en Av. Pedro Montt N° 1902 comuna de Santiago, la imputada MARGOT DEL CARMEN COFRÉ CONTRERAS fue sorprendida por funcionarios de Gendarmería en el sector de visitas, portando, guardando y ocultando en la pretina de su pantalón 21 contenedores con 4,6 gramos bruto de pbc y 10 envoltorios contenedores con 6,6 gramos bruto de marihuana, no justificando su uso de consumo personal y próximo en el tiempo ni de un tratamiento médico. SE DECLARA: I.- Que se condena a MARGOT DEL CARMEN COFRÉ CONTRERAS, ya individualizada, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la pena pecuniaria de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito Trafico de pequeñas cantidades de droga, previsto y sancionado en el articulo 4° Ley 20.000, en grado de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago el día 20 de julio de 2018. II.- Que tanto la pena privativa de libertad como la pena pecuniaria se dan por cumplidas atendido al mayor tiempo de privación de libertad de la sentenciada por esta causa, bajo la medida cautelar de arresto domiciliario total sin interrupción, desde el día 21 de julio KERXXDGHBR PILAR ANDREA AHUMADA OTAROLA Juez de garantía Fecha: 23/01/2020 12:37:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl de 2018 al día de hoy, totalizando quinientos cincuenta (550) días. III.- Que de acuerdo a lo
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a MARGOT DEL CARMEN COFRÉ CONTRERAS, ya individualizada, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la pena pecuniaria de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito Trafico de pequeñas cantidades de droga, previsto y sancionado en el articulo 4° Ley 20.000, en grado de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago el día 20 de julio de 2018. II.- Que tanto la pena privativa de libertad como la pena pecuniaria se dan por cumplidas atendido al mayor tiempo de privación de libertad de la sentenciada por esta causa, bajo la medida cautelar de arresto domiciliario total sin interrupción, desde el día 21 de julio KERXXDGHBR PILAR ANDREA AHUMADA OTAROLA Juez de garantía Fecha: 23/01/2020 12:37:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl de 2018 al día de hoy, totalizando quinientos cincuenta (550) días. III.- Que de acuerdo a lo dispuesto en el artí
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PROCEDIMIENTO Abreviado FECHA: Santiago, veintidós de enero de dos mil veinte TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PILAR ANDREA AHUMADA OTÁROLA RUC: 1800704043-8 RIT: 12996 - 2018 IMPUTADO : MARGOT DEL CARMEN COFRÉ CONTRERAS C.I. 7.201.360-3 DELITO Trafico de pequeñas cantidades de droga ARTICULO 4° Ley 20.000 PARTICIPACION AUTOR G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATENUANTES Artíc
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