MP C/ MANUEL EDUARDO RIVEROS TOLEDO
Rol
O-6225-2019
Fecha
21 de enero de 2020
Materia
CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El dia 19 de junio de 2019, aproximadamente a las 16.47 horas, personal de carabineros realizando patrullaje preventivo por calle Sauzalito en la intersection con calle Huentru, Padre Las Casas, controlo la identidad del requerido ANUEL EDUARDO RIVEROS TOLEDO y al registro de sus pertenencias, se le encontro en el bolsillo derecho de su pantalon, un envase plastico con tapa contenedor y un papel blanco contenedores de un total de 0.82 gramos de cannabis. Ademas en el interior de una bolsa plastica que portaba consigo mantenía 11 estampillas de LSD. Temuco, veintiuno de enero de dos mil veinte Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 15 Nr. 1, 49, 70 del Código Penal, articulo 50 ley 20.000 y en especial artículo 395, y en la se resuelve: I.- Que se CONDENA a MANUEL EDUARDO RIVEROS TOLEDO ya individualizado, a la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD XTPCXECKMS Viviana Andrea Garcia Utreras Juez de garantía Fecha: 27/01/2020 12:58:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl TRIBUTARIA MENSUAL, como autor de la falta del artículo 50 de la ley 20.000, consumado, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 19 de junio de 2019. III.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 398 del Código Procesal Penal se suspende la ejecución de la sanción por el plazo de 6 meses, transcurrido los cuales si no es objet
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 15 Nr. 1, 49, 70 del Código Penal, articulo 50 ley 20.000 y en especial artículo 395, y en la se resuelve: I.- Que se CONDENA a MANUEL EDUARDO RIVEROS TOLEDO ya individualizado, a la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD XTPCXECKMS Viviana Andrea Garcia Utreras Juez de garantía Fecha: 27/01/2020 12:58:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl TRIBUTARIA MENSUAL, como autor de la falta del artículo 50 de la ley 20.000, consumado, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 19 de junio de 2019. III.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 398 del Código Procesal Penal se suspende la ejecución de la sanción por el plazo de 6 meses, transcurrido los cuales si no es objeto de formalización o nuevo requerimiento se declarara el sobreseimiento definitivo de la presente causa. IV.- Que en caso de revocar la suspensión de la sanción se procederá a aplicar lo establecido el artículo 49 del Código Procesal Penal, se sustituye el tercio de U.T.M por un di
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RIT : 6225 - 2019 RUC : 1900659496-7 MATERIA : Falta del artículo 50 de la ley 20.000 IMPUTADO : MANUEL EDUARDO RIVEROS TOLEDO CÉDULA DE IDENTIDAD : 20.365.899-0 DOMICILIO : Calle RADAL Nº 395, Padre de las Casas. ATENUANTES : No se señalan. AGRAVANTES : No se señalan. RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: El dia 19 de junio de 2019, aproximadamente a las 16.47 horas, perso
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