MP C/ JAVIER IGNACIO HERRERA ARIAS
Rol
O-5376-2019
Fecha
21 de enero de 2020
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia del requerimiento, lo que evitó la realización del juicio, se libera de la condena en costas al sentenciado. VII.- Se ordena determinar la HUELLA GENÉTICA del sentenciado Javier Ignacio Herrera Arias, a objeto de incorporarla al Registro de Condenados, en conformidad a lo previsto en el artículo 17 de la ley 19.970, para el sólo efecto de información identificatoria. Al efecto, personal del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile respectivo instruirá al sentenciado la concurrencia al Servicio Médico legal para la toma de muestra correspondiente. Se decreta el alzamiento de la o las medidas cautelares que hubieren sido decretadas en contra del sentenciado en esta causa en el curso del procedimiento, sean personales o reales. Una vez que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese. Se decreta orden de libertad en favor del sentenciado. Quedan notificados los intervinientes, quienes renuncian a los plazos y recursos. FNJXXDXLXK IRENE GLADYS RODRIGUEZ CHAVEZ Juez de garantía Fecha: 22/01/2020 18:38:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Dictada por IRENE RODRIGUEZ CHAVEZ, Juez Subrogante del Juzgado de Garantía de Colina. FNJXXDXLXK IRENE GLADYS RODRIGUEZ CHAVEZ Juez de garantía Fecha: 22/01/2020 18:38:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corres
Fundamentos
considerando que el sentenciado cumple con los requisitos para optar a una pena sustitutiva y en conformidad a lo previsto en los artículos 14,15 Y 15 BIS ley 18.216, se decreta la LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, consistente en la sujeción del condenado al cumplimiento de un programa de actividades orientado a su reinserción social en el ámbito personal, comunitario y laboral, a través de una intervención individualizada y bajo la aplicación de ciertas condiciones especiales, por el tiempo que duraría la pena restrictiva de libertad Se establece como condición especial: La prohibición de acercarse a la víctima o a sus familiares, o de comunicarse con ellos por cualquier medio. III.-REVOCACIÓN DE LA PENA SUSTITUVA. En caso de incumplimiento grave, por parte del sentenciado, de las condiciones de la pena sustitutiva impuesta, o si, por alguna otra causa legal, ésta sea revocada, deberá el sentenciado ingresar a cumplir la pena privativa de libertad en forma efectiva, debiendo abonarse los días que estuvo privado de libertad a causa del presente procedimiento, desde el 12 de octubre del 2019 hasta el día de hoy, un total de 101 días, sin perjuicio de otros abonos que existieran al momento de decretarse la revocación de la pena señalada. IV.-- En mérito de lo resuelto y lo previsto en el artículo 38 de la ley 18.216 y sin contar con anotaciones anteriores en su extracto de filiación, ofíciese al Servicio de Registro Civil para que proceda a la omisión en los certificados de antecedentes, de las anotaciones a que diere origen esta sentencia. VI- Por haber admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento, lo que evitó la realización del juicio, se libera de la condena en costas al sentenciado. VII.- Se ordena determinar la HUELLA GENÉTICA del sentenciado Javier Ignacio Herrera Arias, a objeto de incorporarla al Registro de Condenados, en conformidad a lo previsto en el artículo 17 de la ley 19.970, para el sólo efecto de información identificatoria. Al efecto, personal del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile respectivo instruirá al sentenciado la concurrencia al Servicio Médico legal para la toma de muestra correspondiente. Se decreta el alzamiento de la o las medidas cautelares que hubieren sido decretadas en contra del sentenciado en esta causa en el curso del procedimiento, sean personales o reales. Una vez que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese. Se decreta orden de libertad en favor del sentenciado. Quedan notificados los intervinientes, quienes renuncian a los plazos y recursos. FNJXXDXLXK IRENE GLADYS RODRIGUEZ CHAVEZ Juez de garantía Fecha: 22/01/2020 18:38:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinen
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a JAVIER IGNACIO HERRERA ARIAS, RUN 20.499.149-9, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, INHABILITACION ABSOLUTA PERPETUA PARA DERECHOS POLITICOS E IHABILITACION ABSOLUTA PARA CARGOS Y OFICIOS PUBLICOS DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA Y EL COMISO DE LA ESPECIE INCAUTADA CONSISTENTE EN UN ARMA DE FOGUEO, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito de ROBO CON INITMIDACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero en relación al artículo 432 del Código Penal, ocurrido el 11 de octubre de 2019 en la comuna de Lampa. FNJXXDXLXK IRENE GLADYS RODRIGUEZ CHAVEZ Juez de garantía Fecha: 22/01/2020 18:38:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.-PENA SUSTITUTIVA. En cuanto a la pena privativa de libertad a la que fuera condenado, y considerando que el sentenciado cumple con los requisitos para optar a una pena sustitutiva y en conformidad a lo previsto en los artículos 14,15 Y 15 BIS ley 18.216, se decreta la LIBERTAD VIGILADA INTE
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TRIBUNAL : JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA, PROCEDIMIENTO: ABREVIADO. RUC : 1901102196-7 RIT : 5376-2019 DELITO : ROBO CON INTIMIDACION CONDENADO(A) : JAVIER IGNACIO HERRERA ARIAS RUN : 20449149-9 DOMICILIO : ESMERALDA 1457, RENCA. ----------------------------------------------------------------------------------- HECHOS. El día 11 de octubre del 2019, am las 08.30 horas, aproximadamente, mientra
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