C/ JOSÉ LUIS MARTÍNEZ DURÁN
Rol
O-508-2019
Fecha
22 de enero de 2020
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “HECHO 1: El día 15 de octubre del año 2018, en horas de la mañana, en el sector de Avenida Maipú con calle La Rural, comuna de Pedro Aguirre Cerda, el imputado José Luis Martínez Durán, fracturó y rompió los vidrios de las ventanas laterales, derecha e izquierda, y forzó ocasionando daños en la chapa de la puerta del conductor y en la chapa de la puerta trasera del furgón marca Citroën, modelo Berlingo, HDI 1.6, color blanco nevado, placa patente única FYXL-91, a cargo de la víctima Patricio Peredo Severino, sustrayendo con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, desde el interior del vehículo una trompeta marca Royvenson, un estuche de trompeta color negro, una caja de batería marca Mapex con sus implementos y una mochila color verde con ropa en su interior, todo avaluado en la suma de $700.000, para luego darse a la fuga con las especies en su poder. MARIA ALEJANDRA ROJAS CONTRERAS Juez Redactor Fecha: 22/01/2020 13:13:39 HERNAN BERNARDINO GARCIA MENDOZA Juez Integrante Fecha: 22/01/2020 13:24:52 WFHMXDLXFH FRANCOISE GERMAINE GIROUX MARDONES Juez Presidente Fecha: 22/01/2020 13:51:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 2 HECHO 2: El día 8 de noviembre de 2018, alrededor del mediodía, al interior de la Feria Lo Valledor, ubicada en Avenida Cerrillos N°4030, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en el sector de los estacionamientos, el imputado José Luis Martínez Durán forzó la chapa y abrió la puerta del conductor del camión marca Chevrolet, color blanco, año 2016 placa patente única KPXT-89, sustrayen
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que con fecha diecisiete de enero del presente año, ante esta Sala del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituida por los Jueces doña Françoise Giroux Mardones, en su calidad de Juez Presidente de Sala, doña María Alejandra Rojas Contreras y don Hernán García Mendoza, se llevó a efecto el Juicio Oral, RUC. 1.801.098.816-7 RIT 508-2019, seguido contra JOSE LUIS MARTINEZ DURAN, chileno, cédula de identidad N°14.191.536-3, nacido el uno de mayo de 1980, 38 años, soltero, comerciante ambulante, domiciliado en Calle Aurora de Chile Nº4476, comuna de Pedro Aguirre Cerda, representado en juicio por el abogado defensor público don Cristian Miranda Osses, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por la fiscal doña Dominique Tapia Valdivia, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. CONTENIDO DE LA ACUSACION FISCAL. PRIMERO: Que el Ministerio Público al deducir acusación, según se lee en el auto de apertura del juicio oral, la fundó en los siguientes hechos: “HECHO 1: El día 15 de octubre del año 2018, en horas de la mañana, en el sector de Avenida Maipú con calle La Rural, comuna de Pedro Aguirre Cerda, el imputado José Luis Martínez Durán, fracturó y rompió los vidrios de las ventanas laterales, derecha e izquierda, y forzó ocasionando daños en la chapa de la puerta del conductor y en la chapa de la puerta trasera del furgón marca Citroën, modelo Berlingo, HDI 1.6, color blanco nevado, placa patente única FYXL-91, a cargo de la víctima Patricio Peredo Severino, sustrayendo con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, desde el interior del vehículo una trompeta marca Royvenson, un estuche de trompeta color negro, una caja de batería marca Mapex con sus implementos y una mochila color verde con ropa en su interior, todo avaluado en la suma de $700.000, para luego darse a la fuga con las especies en su poder. MARIA ALEJANDRA ROJAS CONTRERAS Juez Redactor Fecha: 22/01/2020 13:13:39 HERNAN BERNARDINO GARCIA MENDOZA Juez Integrante Fecha: 22/01/2020 13:24:52 WFHMXDLXFH FRANCOISE GERMAINE GIROUX MARDONES Juez Presidente Fecha: 22/01/2020 13:51:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 2 HECHO 2: El día 8 de noviembre de 2018, alrededor del mediodía, al interior de la Feria Lo Valledor, ubicada en Avenida Cerrillos N°4030, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en el sector de los estacionamientos, el imputado José Luis Martínez Durán forzó la chapa y abrió la puer
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 12 N°16, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 29, 50, 432, 443 y 449 del Código Penal; 45, 47, 295, 297, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal, 600 del Código Orgánico de Tribunales y Ley N°18.216, se declara que: SE CONDENA a JOSE LUIS MARTINEZ DURAN, rut 14.191.536-3, a sufrir la pena única corporal de CINCO AÑOS de presidio menor en su grado máximo, en calidad de autor de dos delitos de robo con fuerza en las cosas que se encuentran en bienes nacionales de uso público o sitio no destinado a la habitación, ambos en grado de consumado, perpetrados el día 15 de octubre de 2018 y el día 8 de noviembre de 2018, en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas. Atendido lo expresado en el motivo décimo cuarto precedente, no se concede al sentenciado el cumplimiento sustitutivo de la pena contemplado en la ley N°18.216 y, en consecuencia, deberá cumplir real y efectivamente la pena aplicada, debiendo abonarse el tiempo que ha permanecido privado de libertad MARIA ALEJANDRA ROJAS CONTRERAS Juez Redactor Fecha: 22/01/2020 13:13:39 HERNAN BERNARDINO GARCIA MENDOZA Juez Integrante Fecha: 22/01/2020 13:24:52 WFHMXDLXFH FRANCOISE GERMAINE GIROUX MARDONES Juez Presidente Fecha: 22/01/2020 13:51:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA
Texto Completo (Preview)
1 1 RUC: 1.801.098.816-7 RIT: 508-2019 C/JOSE LUIS MARTINEZ DURAN. Santiago, veintidós de enero de dos mil veinte. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: Que con fecha diecisiete de enero del presente año, ante esta Sala del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituida por los Jueces doña Françoise Giroux Mardones, en su calidad de Juez Presidente de Sala, doña María Alejandra Rojas
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica