Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ NELSON EDUARDO GONZÁLEZ GALLEGUILLOS

Rol

O-406-2019

Fecha

21 de enero de 2020

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: Paul Andrés Contreras Saavedra Juez Integrante Fecha: 22/01/2020 11:40:42 Paula Lorena Ortiz Saavedra Juez Presidente Fecha: 22/01/2020 11:42:24 XZQGXDNNBX Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Redactor Fecha: 22/01/2020 14:53:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 “El día 11 de diciembre del 2018, alrededor de las 18:40 horas, en la intersección de calle Uribe con Andrés Bello de esta ciudad, personal de la sección OS7 quienes efectuaban servicios de su especialidad en el sector, observaron al imputado posteriormente identificado como Nelson Eduardo González Galleguillos, en los momentos que le hacía entrega a un tercero de envoltorios, recibiendo dinero a cambio, siendo controlados encontrando en poder del tercero 4 envoltorios de papel blanco cuadriculado con 540 miligramos de cocaína base; mientras que González Galleguillos mantenía un calcetín color azul con morado contenedor de 35 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de 4 gramos 400 miligramos de cocaína base, más la suma de $6000 en dinero de diversa denominación”. A juicio de Ministerio Público los hechos descritos constituyen el delito consumado de microtráfico ilícito de estupefacientes previsto y sancionado en el artículo 4º en relación al artículo 1º de la Ley Nº 20.000 y le atribuyó al acusado el carácter de autor del mismo, de conformidad con el artículo 15 Nro. 1 del Código Penal. Agregó que no le beneficiaban circunstancias atenuantes de responsabilidad penal y tampoco le perjudicaban agravantes y en consecuencia solicitó se l

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha dieciséis de enero recién pasado, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida la sala por la Juez Paula Ortiz Saavedra -quien presidió la audiencia- junto a los magistrados Paul Contreras Saavedra y Claudia Lewin Arroyo, la primera y tercera titulares y el segundo en calidad de juez suplente, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa rol único Nro. 1801227441- 2, rol interno del tribunal Nro. 406-2019, seguida por el delito de microtráfico ilícito de estupefacientes, en contra de NELSON EDUARDO GONZÁLEZ GALLEGUILLOS, chileno, cédula nacional de identidad N° 19.693.964-4, soltero, nacido el 8 de marzo 1998, 21 años de edad, guardia de seguridad, con domicilio en calle Matías Rojas N° 395, Población Favorecedora de Antofagasta. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la Fiscal adjunto (S) Jennifer Figueroa Castro, en tanto que la defensa del imputado estuvo a cargo de la abogado de la Defensoría Penal Licitada Camila Valdivia Díaz, ambas intervinientes con domicilios registrados y conocidos del tribunal, al igual que sus correos electrónicos para efectos de notificación. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público al deducir acusación en contra del acusado, según se transcribe textualmente en el auto de apertura de juicio oral dictado con fecha 27 de noviembre de 2019 en el Tribunal de Garantía de esta ciudad, la fundó en la siguiente relación de hechos: Paul Andrés Contreras Saavedra Juez Integrante Fecha: 22/01/2020 11:40:42 Paula Lorena Ortiz Saavedra Juez Presidente Fecha: 22/01/2020 11:42:24 XZQGXDNNBX Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Redactor Fecha: 22/01/2020 14:53:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 “El día 11 de diciembre del 2018, alrededor de las 18:40 horas, en la intersección de calle Uribe con Andrés Bello de esta ciudad, personal de la sección OS7 quienes efectuaban servicios de su especialidad en el sector, observaron al imputado posteriormente identificado como Nelson Eduardo González Galleguillos, en los momentos que le hacía entrega a un tercero de envoltorios, recibiendo dinero a cambio, siendo controlados encontrando en poder del tercero 4 envoltorios de papel blanco cuadriculado con 540 miligramos de cocaína base; mientras que González Galleguillos mantenía un calcetín color azul con morado contenedor de 35 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de 4 gramos 400 miligramos de cocaína base, más la suma de $6000 en dinero de diversa denominación”. A juicio de M

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 30, 49, 50, 68, 69 y 70; artículos 4, 37, 47, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 344 y 346 del Código Procesal Penal; 1°, 4 y 45 de la Ley 20.000 y disposiciones pertinentes de la Ley 18.216 modificada por la Ley 20.603 se declara: I.- Se condena a NELSON EDUARDO GONZÁLEZ GALLEGUILLOS, Paul Andrés Contreras Saavedra Juez Integrante Fecha: 22/01/2020 11:40:42 Paula Lorena Ortiz Saavedra Juez Presidente Fecha: 22/01/2020 11:42:24 XZQGXDNNBX Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Redactor Fecha: 22/01/2020 14:53:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 32 cedula nacional de identidad N° 19.693.964-4, ya individualizado, como autor del delito consumado de microtráfico ilícito de estupefacientes, cometido en esta ciudad, el día 11 de diciembre de 2018, a la pena de quinientos cuarenta y un (541) días de presidio menor en su grado medio, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Se le conden

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1 Antofagasta, veintiuno de enero del año dos mil veinte. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha dieciséis de enero recién pasado, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida la sala por la Juez Paula Ortiz Saavedra -quien presidió la audiencia- junto a los magistrados Paul Contreras Saavedra y Claudia Lewin Arroyo, la primera y tercera titulares y el

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