Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica.

MIN. PUBLICO ARICA C/ SEBASTIÁN ALEXANDER ESCOBAR CHAMBE

Rol

O-423-2019

Fecha

21 de enero de 2020

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos anteriormente descritos configuran los delitos siguientes: - Respecto al hecho 1, a los acusados Alfredo Barrera Varas y Pablo Javier Muller Cofré, se les atribuye un delito de robo con violencia e intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal. - Respecto al hecho 2, a los acusados Alfredo Barrera Varas y Pablo Javier Muller Cofré, se les atribuye un delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal. - Respecto al hecho 3, a los acusados Alfredo Barrera Varas y Pablo Javier Muller Cofré, se les atribuye un delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal. - Respecto al hecho 4, al acusado Pablo Muller Cofré, se le atribuye un delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal. -En cuanto al hecho 5, a los acusados Alfredo Barrera Varas y Pablo Javier Muller Cofré, se les atribuye un delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal. - En cuanto al hecho 6, a los acusados Alfredo Barrera Varas, Sebastián Escobar Chambe y Pablo Javier Muller Cofré, se les atribuye un delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal. Y en ellos atribuyen a los acusados responsabilidad como autores. A juicio del Ministerio Público, no se mencionan modificatorias de responsabilidad criminal, solicitando que se aplique a los acusados las siguientes penas: -Con respecto al hecho 1 para los acusados Alfredo Barrera Varas y Pablo Javier Muller Cofré, la pena de veinte años de presidio mayor en su grado máximo, accesorias del artículo 28 del código Penal, con costas. KJWEXDNCSC Fabiola Andrea Collao Contreras Juez Redactor Fecha: 22/01/2020 10:25:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que ante este Tribunal de Juicio Oral de Arica, compuesto por sus jueces don Eduardo Hilario Rodríguez Muñoz, quien presidió la audiencia, don Oscar Esteban Agurto Díaz y doña Fabiola Andrea Collao Contreras, se llevó a efecto los días quince y dieciséis de enero de dos mil veinte, la audiencia de juicio oral en la causa RIT N° 423-2019 y RUC N° 1801173879-2, seguida en contra de los acusados: a) SEBASTIÁN ALEXANDER ESCOBAR CHAMBE, chileno, cédula de identidad Nº16.772.285-7, 31 años, nacido el 2 de marzo de 1988 en Arica, soltero, gasfíter, domiciliado y apercibido conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal, en calle Oscar Castro Nº 2411, Arica, representado por el defensor penal público Nicolás Arévalo Jara, domiciliado en calle San Martín 350, Arica; b) ALFREDO ROBINSON BARRERA VARAS, chileno, cédula de identidad Nº18.262.794-1, 27 años, nacido el 28 de noviembre de 1992 en Iquique, soltero, sin profesión u oficio, domiciliado y apercibido conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal, en calle Chapiquiña N° 2908, Arica, actualmente en prisión preventiva en el complejo penitenciario de Arica; c) PABLO JAVIER ALEJANDRO MÜLLER COFRÉ, chileno, cédula de identidad Nº17.983.382-4, 27 años, nacido el 7 de febrero de 1992 en Temuco, soltero, sin profesión u oficio, domiciliado y apercibido conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal, en calle Chapiquiña N° 2908, ambos representados por el defensor penal público Camilo Valle Zúñiga, domiciliado en calle Patricio Lynch N° 228, piso 2, Arica, actualmente en prisión preventiva en el complejo penitenciario de Arica Representó al Ministerio Público, el fiscal adjunto don Mario Concha Matus, domiciliado en calle Manuel Rodríguez n°363, Arica. KJWEXDNCSC Fabiola Andrea Collao Contreras Juez Redactor Fecha: 22/01/2020 10:25:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 SEGUNDO: Acusación fiscal. Que el Ministerio Público dedujo acusación en los siguientes términos: Hecho 1: “El día 28 de octubre de 2018, en horas de la madrugada, el acusado Javier Muller Cofré junto con el acusado Alfredo Barrera Varas, ingresaron al local de comida “Miranda” ubicado en Renato Rocca N° 1331 de la comuna de Arica, en donde con una arma blanca intimidaron a la víctima de iniciales E.J.R.T y R.A.O gritándole ‘donde está la plata concha de tu madre’, para luego ingresar al sector de las cajas registradora comenzaron a registrar el compartimiento del mostrador en do

Fallo

se acuerda el nombre, se encontraban en un asado compartiendo, estaban bebiendo, se tomaron cinco latas de cerveza, Pablo no consumió alcohol, Sebastián cree que unas latas, la celebración fue tarde, hicieron el asado, no alcanzaron a comer, fueron a la Shell; el asado lo estaba haciendo su KJWEXDNCSC Fabiola Andrea Collao Contreras Juez Redactor Fecha: 22/01/2020 10:25:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 10 prima, luego fueron a una caja vecina, no se devolvieron al asado, estuvieron dando varias vueltas, desde su casa en Chapiquiña con Renato Rocca, la caja vecina estaba lejos, eran 25 minutos de trayecto, se arrepintieron porque estaba cerrada, se dieron unas vueltas por el sector, dos o tres vueltas, cree que fueron entre 10 a 15 minutos, llegaron a la Shell, no recuerda qué calle tomaron, está Azola por la Shell, venía por la calle que no recuerda el nombre, iba de cerro a playa. El vehículo se estaciona atrás siendo un móvil que no era de Sebastián, él era el copiloto y Pablo sentado atrás, bajaron pero se devolviero

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1 C/ SEBASTIÁN ALEXANDER ESCOBAR CHAMBE, ALFREDO ROBINSON BARRERA VARAS y PABLO JAVIER ALEJANDRO MÜLLER COFRE. RIT: 423-2019. RUC: 1801173879-2. ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN. Arica, veintiuno de enero de dos mil veinte. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que ante este Tribunal de Juicio Oral de Arica, compuesto por sus jueces don Eduar

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