1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ZAMORANO/INGENIERIA ELECTRICA INGELMOR LIMITADA

Rol

O-8776-2019

Fecha

14 de julio de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos expuestos en la demanda y con el sólo ánimo de poner término al presente juicio, pagará al actor don Pablo Andrés Zamorano Córdova, la suma única y total de $1.000.000. Pagadera el día 24 de julio de 2020, mediante transferencia electrónica a nombre del actor don Pablo Andrés Zamorano Córdova, Rut N°17.919.510-0, a la cuenta Rut del banco Estado N°17919510, correo electrónico abogadoivanhernandez@gmail.com, debiendo la demandada dar cuenta al tribunal de dicho pago dentro de quinto día de efectuado por oficina judicial virtual. 2. La parte demandante acepta la suma ofrecida en los términos expuestos y la modalidad de pago. 3. Mediante el presente acuerdo las partes se otorgan el más amplio, completo, total y recíproco finiquito, señalando que nada se adeudan por ningún concepto, renunciando a toda acción que pudiere derivar del presente litigio y de la relación laboral que las unió, salvo la obligación contraída en el presente acuerdo. 4. Se deja constancia que la empresa demandada Constructora Ingevec S.A, efectúa el pago al que se refiere en esta conciliación por subrogación a la empresa Ingeniería Eléctrica Ingelmor Limitada. 5. Cada parte de las comparecientes a esta audiencia pagará sus costas. El Tribunal tiene por aprobada y ratificada la presente conciliación otorgándosele el carácter de sentencia definitiva para todos los efectos legales. Regístrese y archívese en su oportunidad. PETICIÓN DE LA PARTE DEMANDANTE: Consta íntegramente en autos. TRIBUNAL: Atendido que se ha tenido a la vista los antecedentes que ha aportado la parte demandante y teniendo presente que la demandada no contesto la demanda y tampoco ha comparecido a esta audiencia manteniéndose rebelde durante todo el desarrollo del juicio, se ha decidido hacer uso de la facultad que le concede el articulo 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo y procede a admitir todos tácitamente todos los hechos expuestos en la demanda, no existen entonces hechos controvertidos en esta causa

Fundamentos

CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO Demanda: Que ha comparecido ante este primer Juzgado de letras del Trabajo de Santiago don Pablo Andrés Zamorano Córdova Rut N° 17.919.510-0, con domicilio en Pasaje Darwin Contreras N°0831, Villa Los Héroes Comuna de Maipú, interponiendo demanda de aplicación general en contra de Ingeniería Eléctrica Ingelmor Limitada, Rut N°79.523.450-0, representada por Manuel Nieves Ortega Millar, con domicilio ambos en Zenteno N°1466, Comuna de Santiago. Visto, además lo dispuesto en los artículos 7, 161, 162, 168 del Código del Trabajo,

Fallo

SE DECLARA: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don Pablo Andrés Zamorano Córdova, cédula de identidad N°17.919.510-0, en contra de Ingeniería Eléctrica Ingelmor Limitada, Rol Único tributario N°79.523.450-0 y se condena al demandado a pagar las siguientes prestaciones: a) Sustitutiva de aviso previo por la suma de $750.862.- b) Años de servicio por la suma de $1.501.724.- c) Recargo del 30% por la suma de $450.517.- d) Mes de agosto no pagado por la suma de $750.862.- e) Feriado legal y proporcional por la suma de $1.058.599.- f) Además se declara que el despido es injustificado y nulo pues no se han pagado las cotizaciones previsionales correspondientes y en consecuencia se seguirán adeudando las prestaciones laborales hasta que se convalide debidamente el despido. g) Se condena en costas a la demandada Ingeniería Eléctrica Ingelmor Limitada en un valor que se regula prudencialmente en la suma de $100.000.- Regístrese y hecho, archívese. RIT: O-8776-2019 RUC: 19-4-0239227-7 Dictada en audiencia por don GONZALO FIGUEROA EDWARDS, Juez del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a catorce de julio de dos mil vei

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 14/07/2020, Santiago RUC 19-4-0239227-7 RIT O-8776-2020 CARATULADO ZAMORANO/INGENIERIA ELECTR MAGISTRADO GONZALO FIGUEROA EDWARDS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Carina Sepúlveda Hernández HORA DE INICIO 09:00 HORA DE TERMINO 09:32 SALA Sala virtual 2 (5.4) Nº REGISTRO DE AUDIO 194

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica