Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt

URIBE/GALILEA

Rol

M-153-2020

Fecha

14 de julio de 2020

Materia

Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos a probar: 1.- Existencia de relación laboral entre las partes y monto de la remuneración. Ofrece prueba parte demandante: Se tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental, según consta en registro de audio. Ofrece prueba parte demandada: No, por encontrarse en rebeldía SENTENCIA: VISTOS: PRIMERO: Que la parte demandante acreditó relación laboral, principalmente a través de la prueba del comparendo de conciliación. Celebrado el 13 de mayo de 2020, en que la conciliadora se contactó con la demandada Braulia Encarnación Fernández Galilea y ésta reconoció la relación laboral. SEGUNDO: Que acreditada la relación, correspondía a la demandada probar la legalidad del despido y el pago de las cotizaciones previsionales que se cobran. TERCERO: Que al no hacerlo, solo queda acoger la demanda, por lo que así se declara y se ordena que las demandadas deberán pagar a la demandante, las siguientes sumas: 1.- $303.000.- por indemnización sustitutiva por falta de aviso previo. 2.- $303.000.- por concepto de indemnización especial por años de servicio. 3.- Cotización ascendente al 4,11% durante toda la relación laboral. 4.- $303.000.- por concepto de recargo legal del 50% sobre la indemnización especial por años de servicio. 5.- Las cotizaciones previsionales durante todo el período trabajado. 6.- Las remuneraciones que se devenguen entre la fecha del despido y su convalidación, a razón de $303.000.- mensuales. 7.- Las sumas ordenadas pagar se incrementarán con los intereses y reajustes del artículo 173 del Código del Trabajo. Anótese y regístrese. Las demandadas quedan notificadas en este acto. Observaciones: 1.- Se deja constancia que se encuentra a disposición de los intervinientes el registro de audio de la presente audiencia. 2.- Los intervinientes quedan notificados de lo obrado en esta audiencia. Dirigió la audiencia y resolvió doña MARCIA VIVIANA YURGENS RAIMANN, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt.

Fallo

se declara y se ordena que las demandadas deberán pagar a la demandante, las siguientes sumas: 1.- $303.000.- por indemnización sustitutiva por falta de aviso previo. 2.- $303.000.- por concepto de indemnización especial por años de servicio. 3.- Cotización ascendente al 4,11% durante toda la relación laboral. 4.- $303.000.- por concepto de recargo legal del 50% sobre la indemnización especial por años de servicio. 5.- Las cotizaciones previsionales durante todo el período trabajado. 6.- Las remuneraciones que se devenguen entre la fecha del despido y su convalidación, a razón de $303.000.- mensuales. 7.- Las sumas ordenadas pagar se incrementarán con los intereses y reajustes del artículo 173 del Código del Trabajo. Anótese y regístrese. Las demandadas quedan notificadas en este acto. Observaciones: 1.- Se deja constancia que se encuentra a disposición de los intervinientes el registro de audio de la presente audiencia. 2.- Los intervinientes quedan notificados de lo obrado en esta audiencia. Dirigió la audiencia y resolvió doña MARCIA VIVIANA YURGENS RAIMANN, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA (AUDIENCIA EFECTUADA POR VIDEOCONFERENCIA A TRAVÉS DE PLATAFORMA DIGITAL ZOOM) Fecha Puerto Montt, catorce de julio de dos mil veinte Ruc N° 20-4-0276364-8 Rit N° M-153-2020 Magistrado: MARCIA VIVIANA YURGENS RAIMANN Hora de inicio: 11:10 horas. Hora de término: 11:30 horas. N° registro de audio: 2040276364-8-1346 Administrativo de actas: Verónica González

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