Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MP C/ EDUARDO ALEXIS VENEGAS ÓRDENES

Rol

O-13470-2019

Fecha

16 de enero de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “En horas de la mañana del día 1 de noviembre de 2019 llegaron hasta las inmediaciones del supermercado Acuenta ubicado en calle estero Maitenlahue 925, reñaca alto, Viña del Mar cuyo perímetro se encuentra circundado por rejas metálicas los que los imputados cortaron utilizando herramientas idóneas con ese fin, las apilaron a un costado con la finalidad de acceder al inmueble ya señalado y al mismo tiempo apoderarse con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de las especies ya señaladas” VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 15, 21, 442 del Código Penal; artículos 47, 297, 340, 342, 390 y siguientes del Código de Procesal Penal, se declara: 1º) Que condena a EDUARDO ALEXIS VENEGAS ÓRDENES, ya individualizado, como autor del delito de Robo en lugar no habitado en grado de frustrado, ilícito acaecido en esta Jurisdicción el día 01 de Noviembre de 2019, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena. 2°) Que a juicio de este Tribunal, se reúnen todos los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley 18.216, por lo tanto se le concede el cumplimiento alternativo a la sanción privativa de libertad, esto es, la remisión condicional de la pena por el período mínimo, de un año, quedando sujeto a un control ante el Centro de Reinserción Social más cercano a su domicilio. 3°) Que no se condena en costas al sentenciado, toda vez que reconoció responsabilidad en los hechos, no solicitó la realización de un juicio, que impondría una carga económica mayor para el Estado. Regístrese y archívese si no se recurriere y oportunamente dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Dirigió la audiencia y resolvió - RODRIGO ARNOLDO CORTES GUTIERREZ. Juez de G

Fallo

se declara: 1º) Que condena a EDUARDO ALEXIS VENEGAS ÓRDENES, ya individualizado, como autor del delito de Robo en lugar no habitado en grado de frustrado, ilícito acaecido en esta Jurisdicción el día 01 de Noviembre de 2019, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena. 2°) Que a juicio de este Tribunal, se reúnen todos los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley 18.216, por lo tanto se le concede el cumplimiento alternativo a la sanción privativa de libertad, esto es, la remisión condicional de la pena por el período mínimo, de un año, quedando sujeto a un control ante el Centro de Reinserción Social más cercano a su domicilio. 3°) Que no se condena en costas al sentenciado, toda vez que reconoció responsabilidad en los hechos, no solicitó la realización de un juicio, que impondría una carga económica mayor para el Estado. Regístrese y archívese si no se recurriere y oportunamente dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Dirigió la audiencia y resolvió - RODRIGO ARNOLDO CORTES GUTIERREZ. Juez de Garantía de Viña Del Mar.//vvr LDWEXCYEKL Rodrigo Arnoldo Cortes Gutierrez Juez de garantía Fecha: 21/01/2020 08:23:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de v

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Sentencia Fecha Viña del Mar., dieciséis de enero de dos mil veinte Magistrado RODRIGO ARNOLDO CORTÉS GUTIÉRREZ RUC 1901176306-8 RIT 13470 - 2019 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA EDUARDO ALEXIS VENEGAS ÓRDENES presente 0015740240- 4 Sector Reñaca Alto Paradero 11 Calle Parinacota Casa Nº 102 Viña del Mar. Hechos: “En horas de la mañana del día 1 de noviembre de 2019 llegaron hasta las inmedia

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