Juzgado de Garantía de Coquimbo.

M.P. COQBO. C/ GINO CAYETANO D'ANGELO D'ANGELO

Rol

O-372-2020

Fecha

20 de enero de 2020

Materia

HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: “El día 19 de enero de 2020, a las 17:25 horas aproximadamente, en el interior del supermercado “Santa Isabel”, ubicado en Aníbal Pinto N° 1551, comuna de Coquimbo, el imputado Gino Cayetano D’angelo D’angelo sustrajo un trozo de queso de propiedad del establecimiento, avaluado en $4.599, para entonces ocultarlo entre sus pertenencias, traspasando el lineal de cajas sin pagar su valor, siendo interceptado en los instantes en que abandonaba el establecimiento por guardias de seguridad.” B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los

Fundamentos

fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. Coquimbo, a veinte de enero de dos mil veinte. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 50 a 52, 66 a 70, 432 y 494 bis del Código Penal; artículos 388 A 395 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se reconoce al sentenciado la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal. II.- Que se CONDENA, sin costas, a GINO CAYETANO D'ANGELO D'ANGELO, cédula de identidad Nº 13.914.617-4, nacido el 24 de noviembre de 1979, con domicilio en calle Las Rosas N° 1943, Parte Alta, Coquimbo (para los fines del artículo 26 y 31 del Código Procesal Penal) ya individualizado, a la pena de MULTA DE 1/3 UTM (se da por cumplida con ocasión del control de la detención) por su responsabilidad penal en calidad de autor de un delito falta de hurto frustrado previsto y sancionado en el artículo 432 y 494 bis del Código Penal, hecho ocurrido el día 19 de enero de 2020, en esta ciudad. III.- Que los intervinientes e imputado quedan notificados personalmente de la sentencia y atendida la renuncia a plazo y recurso legal, queda ejecutoriada. DESE CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 468 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL. ANOTESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. RUC 2000072282-1 RIT 372-2020 DICTADA POR DON DIEGO FRANCISCO RUBI ARAYA, JUEZ DE GARANTÍA. HJYXXCPPXL Diego Francisco Rubi Araya Juez de garantía Fecha: 21/01/2020 08:57:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. nt

Texto Completo (Preview)

A.- HECHOS: “El día 19 de enero de 2020, a las 17:25 horas aproximadamente, en el interior del supermercado “Santa Isabel”, ubicado en Aníbal Pinto N° 1551, comuna de Coquimbo, el imputado Gino Cayetano D’angelo D’angelo sustrajo un trozo de queso de propiedad del establecimiento, avaluado en $4.599, para entonces ocultarlo entre sus pertenencias, traspasando el lineal de cajas sin pagar su valor,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica