M.P. C/ MARCELA ALEJANDRA CASTILLO SUDAN
Rol
O-190-2019
Fecha
20 de enero de 2020
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 13 de febrero de 2019, alrededor de las 14:15 horas, las acusadas fueron sorprendidas por Carabineros en la vía pública, específicamente en calle Mauricio Mena esquina calle Pedro Montt, San Antonio, portando con fines de comercialización, la acusada Castillo Sudan una bolsa plástica transparente con 39 envoltorios de papel blanco cuadriculados con pasta base de cocaína en su interior con un peso de 5 gramos 600 milígramos y la cantidad de 25.750 pesos en dinero en efectivo que fue incautado por proceder de la venta de drogas, y la acusada González Machuca una bolsa plástica transparente con 46 envoltorios de papel blanco cuadriculado con pasta base de cocaína en su interior con un peso de 6 gramos 900 milígramos. Sometida las sustancias a la prueba de campo arrojaron coloración positiva para la presencia de la droga indicada”. A juicio de la Fiscalía estos hechos tipifican el delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga, del artículo 4° en relación al 1° de la Ley 20.000, el que se encuentra en grado de consumado, correspondiéndoles a la acusada responsabilidad de autora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, no concurriendo circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. La Fiscalía requiere se le imponga la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo y multa de 40 unidades tributarias mensuales, por el delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga, más las accesorias del artículo 29 del Código Penal, se decrete el comiso de las especies incautadas y se le condene al pago de las costas de la causa. TERCERO: Alegaciones del Ministerio Público. En su alegato de apertura ratificó el contenido de su acusación, ofreciendo acreditar los
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Antecedentes. Que ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, presidida por el Juez don José Antonio Cifuentes Gil e integrada por los jueces Mauricio Aguilar Donoso y Astrid Veninga Fergadiott, el día 15 de enero de 2020, se llevó a efecto la audiencia de Juicio Oral de la causa RIT N° 190-2019, RUC 1900170780-1, seguida en contra de Luz Del Rosario González Machuca, cédula de identidad 14.395.637-7, nacida el 30 de abril de 1978 en Santiago, soltera, trabajadora dependiente, domiciliada en calle Los Aromos, pasaje Los Pinos, parcela 125, Aguas Buenas, San Antonio. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el Fiscal don Juan Carlos Catalán Aracena, en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo de la Defensora Penal Público doña Isabel Rodríguez Orellana, ambos con domicilio y forma de notificación ya registrado en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. El Ministerio Público dedujo acusación, según se lee en el auto de apertura del juicio oral, fundándola en los siguientes hechos: “El día 13 de febrero de 2019, alrededor de las 14:15 horas, las acusadas fueron sorprendidas por Carabineros en la vía pública, específicamente en calle Mauricio Mena esquina calle Pedro Montt, San Antonio, portando con fines de comercialización, la acusada Castillo Sudan una bolsa plástica transparente con 39 envoltorios de papel blanco cuadriculados con pasta base de cocaína en su interior con un peso de 5 gramos 600 milígramos y la cantidad de 25.750 pesos en dinero en efectivo que fue incautado por proceder de la venta de drogas, y la acusada González Machuca una bolsa plástica transparente con 46 envoltorios de papel blanco cuadriculado con pasta base de cocaína en su interior con un peso de 6 gramos 900 milígramos. Sometida las sustancias a la prueba de campo arrojaron coloración positiva para la presencia de la droga indicada”. A juicio de la Fiscalía estos hechos tipifican el delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga, del artículo 4° en relación al 1° de la Ley 20.000, el que se encuentra en grado de consumado, correspondiéndoles a la acusada responsabilidad de autora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, no concurriendo circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. La Fiscalía requiere se le imponga la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo y multa de 40 unidades tributarias mensuales, por el delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga, más las accesorias del artículo 29 del Código Penal, se decrete el comiso de las especies incautadas y se le condene al pago de las costas de la causa. TERCERO: Alegaciones del Ministerio Público. En su alegato de apertura ratificó el contenido de su acusación, ofreciendo acreditar los fundamentos de hecho de la misma junto con reiterar su pretensión punitiva. Ha acusado a la imputad por microtráfico. Por hechos del 13 de febrero de 2019. Los acreditará con el testimonio de policías que
Fallo
se acuerda lo que dijo la CENCO. Desde febrero de 2019 a enero de 2020 ha tomado unos 6 procedimientos. Recuerda los detalles. En su declaración señala que ellas se negaron al control de identidad. Solo una dio su nombre, la señorita Castillo Sudán. Respecto de Luz Machuca una funcionaria realizó el procedimiento, por protocolo no la puede registrar. Lo primero que hacen es controlar la identidad. En su declaración no señala haber visto una transacción de mano ni traspaso de dinero. En el lugar ve a una cerca de la otra. A Luz González no se le encontró dinero entre sus pertenencias. 2.- Macarena Ojeda Ríos, cédula de identidad, 19.166.537-6, cabo 2° de Carabineros, domiciliada en calle México N° 1 Llolleo, San Antonio. Al ser interrogada por el Fiscal indicó que el 13 de febrero de 2019 estaba de primera guardia en OS 7 San Antonio. Llegó el cabo Orellana para realizar asesoramiento de un procedimiento que tuvo ese día. Llegó con los antecedentes de 2 imputadas. Marcela Castillo Sudán, a quien le habrían incautado 39 envoltorios de papel blanco cuadriculado de pasta base de cocaína, con un peso de 5.6 gramos. Se le hizo prueba orientativa. NSQFXCPXVH Astrid Veninga Fergadiott Juez Redactor Fecha: 20/01/2020 16:08:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P
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1 MINISTERIO PÚBLICO CONTRA LUZ DEL ROSARIO GONZÁLEZ MACHUCA. DELITO: TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA (ART. 4 DE LA LEY N° 20.000). R.U.C. N° 1900170780-1 R.I.T. N° 190-2019. ______________________________________________/ San Antonio, veinte de enero de dos mil veinte VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO PRIMERO: Antecedentes. Que ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antoni
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