M.P. C/ JOHN DANIEL VALDÉS VÁSQUEZ
Rol
O-2903-2019
Fecha
23 de diciembre de 2019
Materia
CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50)., LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “el día 24-05-2019 en horas de la mañana siendo alrededor de las 7 de la mañana, la víctima Camila Belén Araya Torres transitaba por la vía pública avda Balmaceda con calle Lautaro de Curicó y ese lugar salió a su encuentro el imputado JOHN DANIEL VALDÉS VÁSQUEZ el cual comenzó a seguir a la víctima Camila Belén Araya Torres manifestándole que se fuera a vivir con él y como la víctima no le hacía caso la empezó a …comenzó a amenazar manifestándole que “si no me hacis caso te voy a matar a ti y a tu familia” lo que causo temor en la víctima siguiendo ella caminando siendo alcanzada por el imputado en calle Circunvalación con Obispo Chávez de Curicó, lugar en el cual la arrojó al suelo y la comenzó a agredir con golpes de pie y puño en distintas partes del cuerpo, esta situación fue observada por las cámaras de seguridad por lo que alertaron a Carabineros los que constituyen en el lugar y sorprenden al imputado en los momentos que agredía el imputado a la mujer procediendo los Carabineros a la detención del imputado. A raíz de esta agresión la víctima resulto con edema leve en región frontal izquierda por aparente contusión, lesión de carácter leve. En ese contexto personal de Carabineros una vez detenido el imputado procede a revisar las vestimentas y los Carabineros sorprende al imputado el cual mantenía en su poder, en su bolsillo derecho de su pantalón, una bolsa de nilón de color blanco con 28 envoltorio de papel blanco cuadriculado contenedora de una sustancia consistente en cannabis sativa, la cual arrojo un peso de 55,200 miligramos de peso bruto aproximado, manteniendo este imputado esta sustancia, esta marihuana en su poder no estando destinada a un tratamiento médico o a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo.” S E D E C L A R A: I).- Que, SE CONDENA a JOHN DANIEL VALDÉS VÁSQUEZ, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de PORTE ILEGAL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 50 de la Ley 20.
Fallo
fallo por ejecutoriado a contar de esta fecha REGISTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE. Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC : 1910024576-3 RIT : 2903 - 2019 Dirigió la audiencia y resolvió - PATRICIO ALFREDO NAVARRO FIERRO. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal” Certifico: Que la firma de la presente sentencia corresponde al Magistrado que la suscribe. Curicó, 23 de Diciembre de 2019 FERNANDO MALDONADO BRAVO Ministro de Fe Juzgado de Garantía Curicó QDXYNVXQKZ Patricio Alfredo Navarro Fierro Juez de garantía Fecha: 02/01/2020 11:20:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-01-02T10:19:20-0300 Corte Suprema Patricio Alfredo Navarro Fierro Verificación Legal
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó., veintitrés de diciembre de dos mil diecinueve Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado PATRICIO ALFREDO NAVARRO FIERRO Imputado 1) JOHN DANIEL VALDÉS VÁSQUEZ C.I. 0016859586-7 Fecha de Nacimiento 04/07/1988 Dirección CALLE BICENTENARIO N° 2514, CURICO DELITO PORTE ILEGAL DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES / LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXT
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