C/ JUAN ESTEBAN CÁRDENAS MILLÁN
Rol
O-2914-2019
Fecha
26 de diciembre de 2019
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El 14 de junio de 2019 alrededor de las 23:40 horas, la víctima Anilec Aymeth Rivas Reverol se encontraba en el paradero de locomoción, fuera del metro Grecia, en Av. Grecia lado sur oriente con intersección Av. Américo Vespucio, comuna de Peñalolén, hasta el lugar llega el imputado JUAN ESTEBAN CARDENA MILLAN quien de un tirón arrebata el teléfono celular de la víctima, el que mantenía en sus manos, un IPHONE 6, color Blanco con carcasa trasparente, quien se da a la fuga con la especie siendo alcanzado por la victima iniciando un forcejeo con está, señalándole entre otras expresiones que le pegaría con una botella que portaba, golpeándola contra un muro de piedra, entre otras cosas para favorecer su impunidad. Producto de lo anterior la víctima resultó con las siguientes hematoma dedo anular mano izquierda y escoriación en tobillo derecho, de carácter clínico leve. Delito y grado de desarrollo Robo con violencia./ consumado/ Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código penal Atenuantes 11 Nº 9 Código PenalCircunstancias modificatorias Imputado Agravantes No hay SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don JUAN ESTEBAN CÁRDENAS MILLÁN, ya individualizado en la audiencia, a la pena de CINCO AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, más accesoria legal de inhabilitación absoluta y VZXTNVDFZV EDUARDO ABEL GALLARDO FRIAS Juez de garantía Fecha: 01/01/2020 13:21:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl perpetua para ejercer derechos políticos y suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, com
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don JUAN ESTEBAN CÁRDENAS MILLÁN, ya individualizado en la audiencia, a la pena de CINCO AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, más accesoria legal de inhabilitación absoluta y VZXTNVDFZV EDUARDO ABEL GALLARDO FRIAS Juez de garantía Fecha: 01/01/2020 13:21:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl perpetua para ejercer derechos políticos y suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de Robo con violencia, hecho ocurrido el día 14 de junio de 2019, en la comuna de Peñalolén, sin costas. II. Que, la pena corporal, deberá ser cumplida en forma efectiva, una vez que la sentencia se encuentre ejecutoriada y el imputado se presente o sea habido, abonándosele desde el día 15 de junio de 2019 a la fecha, siendo un total de 194 días. III. Se ordena el registro del imputado de la huella genética en virtud del artículo 17 de la ley de registro de ADN. Ejecutoriada que sea esta resolución, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 46
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TRIBUNAL : 13ª JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 1900641750-K RIT : 2914 - 2019 IMPUTADO : JUAN ESTEBAN CÁRDENAS MILLÁN Cédula de Identidad : 0019859034-7 Fecha de nacimiento : 10/02/1998 Domicilio : Pasaje REAL Nº 2219, Peñalolén. PROCEDIMIENTO : ABREVIADO Fecha de sentencia : veintiséis de diciembre de dos mil diecinueve JUEZ : EDUARDO ABEL GALLARDO FRIAS Hechos El 14 de junio de 2019 alred
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