13º Juzgado de Garantía de Santiago

LUCRECIA DEL CARMEN OLAVE ORTEGA C/ NELLY DEL CARMEN ASCENCIO URRA

Rol

O-2561-2018

Fecha

30 de diciembre de 2019

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos El día 27 de febrero de 2018, alrededor de las 04:30 horas, la víctima LUCRECIA DEL CARMEN OLAVE ORTEGA conducía su automóvil particular por la intersección de Av. Grecia con calle Diagonal Las Torres en la comuna de Peñalolén, deteniéndose ante el semáforo en rojo ubicado en dicha esquina, momentos en que fue abordada por la requerida NELLY DEL CARMEN ASCENCIO URRA quien sin causa ni motivo justificado y exhibiendo un arma con apariencia de fuego la amenazó diciéndole “aquí te pillé hija de la perra, concha de tu madre donde te pille te voy a pegar o te voy a mandar a pegar”, amenazas que atendido el contexto en que fueron vertidas resultan serias y verosímiles. Delito y grado de desarrollo Amenazas Simples contra personas y propiedades, previsto y sancionado en el artículo 296 Nº 3 del Código Penal / consumado Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don NELLY DEL CARMEN ASCENCIO URRA, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Amenazas Simples contra personas y propiedades, previsto y sancionado en el artículo 296 Nº 3 del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 27 de febrero de 2018, en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. EL MINISTERIO PÚBLICO NO RENUNCIA A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. RYXZNVWXDX NATACHA ALEJANDRA RUZ GREZ Juez de garantía Fecha: 31/12/2019 10:07:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada c

Fallo

SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don NELLY DEL CARMEN ASCENCIO URRA, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Amenazas Simples contra personas y propiedades, previsto y sancionado en el artículo 296 Nº 3 del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 27 de febrero de 2018, en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. EL MINISTERIO PÚBLICO NO RENUNCIA A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. RYXZNVWXDX NATACHA ALEJANDRA RUZ GREZ Juez de garantía Fecha: 31/12/2019 10:07:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-12-31T09:07:42-0400 Corte Suprema NATACHA ALEJANDRA RUZ GREZ Verificaci

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TRIBUNAL : 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 1800199292-5 RIT : 2561 - 2018 IMPUTADO : NELLY DEL CARMEN ASCENCIO URRA Cédula de Identidad : 0008519884-K Fecha de nacimiento : 20/03/1960 Domicilio : AVENIDA EL PARQUE N°1329, PEÑALOLÉN PROCEDIMIENTO : Juicio Oral Simplificado Fecha de sentencia : treinta de diciembre de dos mil diecinueve JUEZ : NATACHA ALEJANDRA RUZ GREZ Hechos El día 27 de

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