MINISTERIO PUBLICO . . C/ JAIME NICOLÁS NEIRA ORTIZ
Rol
O-1358-2018
Fecha
27 de diciembre de 2019
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos, 1,2,3,5,7,11 n°6,14 15 n°1,18, 21,30,50, 67y demás pertinentes del Código Penal, artículos 393 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 110,196 y demás normas pertinentes de la Ley 18.290, 1,4 y demás pertinentes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena a don JAIME NICOLÁS NEIRA ORTIZ, cedula nacional de identidad N° 19.303.797-6, ya individualizado, como autor, en grado de consumado del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, perpetrado el día 7 de octubre de 2018 en esta jurisdicción, a sufrir las siguientes penas: 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, Y ACCESORIA DE SUSPENSIÓN DE CARGOS Y FUNCIONES PÚBLICAS, durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a dos tercios de UTM, multa que se da por cumplida en razón del tiempo que estuvo privado de libertad, con motivo de esta causa y que puesto a este tribunal para efectos de controlar la legalidad de la detencion esto fue el día 7 de octubre de 2018 y 27 de diciembre de 2019. Ofíciese a al Servicio de Registro Civil e Identificación a fin que dicho organismo de cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38 de la ley 18.216, y a Carabineros de Chile, I. Municipalidad de Pucón, - II.- Que, se condena además a la pena accesoria especial, de suspensión de licencia de conducir por el lapso 2 años, debiendo servirle de abono el tiempo que ha permanecido retenida la licencia de conducir, esto del 7 de octubre de 2018 y 22 de octubre de 2019 III.- Que, de conformidad a los artículos 1 y 4 de la ley 18.2016, se concede al condenado la pena sustitutiva de REMISION CONDICIONAL DE LA PENA, por el lapso de 1 años, debiendo cumplir con las exigencias del artículo 5° letras a , b y c, de la citada Ley, en Gendarmería de la Ciudad de Villarrica III.- Que, se exime al condenado al pago de las costas. Ejecutoriada esta sentencia dése estricto cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal, remitiéndose oficios qu
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos, 1,2,3,5,7,11 n°6,14 15 n°1,18, 21,30,50, 67y demás pertinentes del Código Penal, artículos 393 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 110,196 y demás normas pertinentes de la Ley 18.290, 1,4 y demás pertinentes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena a don JAIME NICOLÁS NEIRA ORTIZ, cedula nacional de identidad N° 19.303.797-6, ya individualizado, como autor, en grado de consumado del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, perpetrado el día 7 de octubre de 2018 en esta jurisdicción, a sufrir las siguientes penas: 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, Y ACCESORIA DE SUSPENSIÓN DE CARGOS Y FUNCIONES PÚBLICAS, durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a dos tercios de UTM, multa que se da por cumplida en razón del tiempo que estuvo privado de libertad, con motivo de esta causa y que puesto a este tribunal para efectos de controlar la legalidad de la detencion esto fue el día 7 de octubre de 2018 y 27 de diciembre de 2019. Ofíciese a al Servicio de Registro Civil e Identificación a fin que dicho organismo de cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38 de la ley 18.216, y a Carabineros de Chile, I. Municipalidad de Pucón, - II.- Que, se condena además a la pena accesoria especial, de suspensión de licencia de conducir por el lapso 2 años, debiendo servirle de abono el tiempo que ha permanecido retenida la licencia de conducir, esto
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Fecha Pucón, veitisiete de diciembre de dos mil diecinueve. RUC 1810045850-7 RIT 1358-2019 RESOLUCION SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO Procedimiento Simplificado MODIFICATORIAS Atenucnate 11 N°6 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JAIME NICOLAS NEIRA ORTIZ 0019303797-6 SENTENCIA: La parte expositiva y considerativa se encuentra registrada en el audio pertinente: Y la parte resolutiva de la sent
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