MP C/ BRYAN ESTEBAN MADARIAGA RIVERA
Rol
O-5572-2019
Fecha
27 de diciembre de 2019
Materia
FALTA DE RESPETO A AUTORIDAD PÚBLICA (495 Nº 4 CÓDIGO PENAL)
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 01 de junio de 2019, aproximadamente a las 03:30 horas, los imputados BRYAN ESTEBAN MADARIAGA RIVERA Y ANDRES ALEXIS FAUNDEZ JARA, en la vía pública, esto es, en la intersección de las calles 5 Norte y 4 Oriente en la comuna de Temuco fueron sometidos a control de identidad preventivo, momento en que Carabineros constató que el imputado FAUNDEZ JARA tenía órdenes pendientes, procediendo a intentar reducirlo, oponiéndose este a aquello, interviniendo MADARIAGA RIVERA en defensa de FAUNDEZ JARA, procediendo ambos a agredir a los funcionarios de Carabineros, Esteban Díaz Escobar y Sergio Soto Villalobos, provocando a estos funcionarios lesiones de carácter leve, que fueron constatados en el Consultorio Miraflores. Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 15 N° 1, 49, 70 y 495 N° 4 del Código Penal; y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395, y en la Ley 18.216, se resuelve: I.- Que, se CONDENA a ANDRÉS ALEXI FAÚNDEZ JARA, ya individualizado, a la pena MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor de la falta de respeto a la autoridad, prevista y sancionado en el artículo 495 N° 4 del Código Penal, en grado de consumado, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 01 de junio de 2019. YTXPNVKQXP Viviana Andrea Garcia Utreras Juez de garantía Fecha: 31/12/2019 11:22:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e I
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 15 N° 1, 49, 70 y 495 N° 4 del Código Penal; y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395, y en la Ley 18.216, se resuelve: I.- Que, se CONDENA a ANDRÉS ALEXI FAÚNDEZ JARA, ya individualizado, a la pena MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor de la falta de respeto a la autoridad, prevista y sancionado en el artículo 495 N° 4 del Código Penal, en grado de consumado, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 01 de junio de 2019. YTXPNVKQXP Viviana Andrea Garcia Utreras Juez de garantía Fecha: 31/12/2019 11:22:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal, se convierte la multa de un tercio de unidad tributaria mensual, por 1 día de reclusión y se le da por cumplida por el tiempo que ha pasado privado de libertad por esta causa; esto es el día 01 de junio de 2019. III.- Que, se le exime del
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RESUMEN RIT : 5572 - 2019 RUC : 1900585224-5 MATERIA : MALTRATO DE OBRA A CARABINEROS CAUSANDO LESIONES LEVES IMPUTADO : ANDRÉS ALEXI FAÚNDEZ JARA CÉDULA DE IDENTIDAD : 0019305031-K DOMICILIO : Calle 7 ORIENTE Nº 2915, Temuco. ATENUANTES : Artículo 11 N° 9 del Código Penal AGRAVANTES : No concurren RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Temuco, veintisiete de diciembre de dos mil diec
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