C/ LEONEL ALFREDO ARANCIBIA VALENZUELA
Rol
O-7672-2019
Fecha
27 de diciembre de 2019
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos denunciados se tratarían de un Hurto Falta y no de un Hurto simple. Que, en este caso, no hizo completamente fe, la declaración del testigo y guardia de seguridad de la tienda Falabella don Juan Andrés Zamorano Castillo, quien estando bajo juramento señaló que no había sido detenido BBJRNWEYHS VANIA DEL PILAR BOUTAUD MEJIAS Juez de garantía Fecha: 04/01/2020 16:54:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl por lesiones, situación que se fue efectiva de acuerdo a lo que se logró constatar en la audiencia el Tribunal. Que, se tiene presente la declaración del imputado, don Leonel Arancibia Valenzuela, quien efectivamente se sitúa en el lugar de los hechos y señala que si se había puesto una polera de un valor de $7.990., siendo así las cosas, el Tribunal va a recalificar el ilícito penal y ese sentido estima que el día “El día 16 de octubre de 2019, cerca de las 20:00 horas, el imputado ya individualizado, se encontrada en la tienda Falabella, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N°3470, comuna de Estación Central, lugar donde se puso una polera que tenía un valor de $7.990.-, y al intentar hacer abandono del lugar de la tienda fue detenido por guardias del recinto. En ese entendido el Tribunal resuelve. SEXTO: Que, en la audiencia de determinación de pena los intervinientes solicitaron: para ARANCIBIA VALENZUELA, en el caso de la fiscalía solicita 4 Unidades Tributarias Mensuales, accesorias legales y costas de la causa. Por su parte, la defensa solicita 2 Unidades Tributarias Mensuales ya que el imp
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 27 de diciembre en curso, se realizó audiencia de juicio oral simplificado en causa Rit 7672-2019, en contra del requerido LEONEL ALFREDO ARANCIBIA VALENZUELA, cédula de identidad N° 9.352.771-2, domiciliado en calle ESMERALDA Nº 1151-B, comuna de Renca, actualmente en situación de calle; quien se encuentra representado por el Defensor Penal Público don Mario Andrés Lira Nieto; y ante la presencia de la Fiscal doña Pamela Contreras Matus y la representante de la víctima doña Constanza Ogaz. SEGUNDO: Que, los intervinientes realizaron sus alegatos de apertura, en los siguientes términos: Fiscal. A través de la prueba testimonial y documental ingresó a la tienda Falabella y con una bolsa oculta diversos productos de la tienda. Por su parte la Defensa, solicita absolución, toda vez que el refiere no haber cometido el delito y sólo tuvo una discusión por los guardias y fue agredido por los guardias. TERCERO: Que, se presentó la siguiente prueba de cargo, consistente en: Prueba testimonial, consistente en la declaración del siguiente testigo: JUAN ANDRES ZAMORANO CASTILLO, cédula de identidad N°14.192.123-1, domiciliado en Alameda 3470, Estación Central, 39, soltero, 1 10 1980, guardia de seguridad, quien señala que se desempeña como guardia en Falabella de plaza Alameda y viene por el imputado que tiene al frente. El 16 de octubre le dicen que el tipo que entró es mechero, cerca de las 20.00 horas y tenía una bolsa de cartón y sacó sabanas de 111.970, que eran de textil Viña y salió por la misma puerta y lo detuvo y lo llevaron al calabozo, cuando el sale se activan las alarmas. Entre sus manos llevaba la bolsa. Reconoce a la persona del imputado como la persona que fue detenida en la tienda. BBJRNWEYHS VANIA DEL PILAR BOUTAUD MEJIAS Juez de garantía Fecha: 04/01/2020 16:54:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Se le exhibe al testigo el set de fotografías: FOTO 1, se ve bolsa marca ham y ahí el imputado portaba las sábanas FOTO 2, corresponde a tres objetos que llevaba el imputado, son 3 sábanas. Prueba documental, Guía de Despacho 16902982 de Falabella Retail, mal Alameda 16 oct 19, 20:13 horas Estación, y señala que se trata de sábanas 39.990.- CUARTO: Que, en sus alegatos de clausura los intervinientes señalaron: La fiscalía ha logrado acreditar tanto el hecho como la participación, ya que se trataría de un mechero conocido de la tienda. Al sonar las alarmas, se registra al imputado y se encuentran las especies en su poder. Toda la prueba fue suficiente p
Fallo
SE DECLARA: 1.- Que, SE CONDENA a don LEONEL ALFREDO ARANCIBIA VALENZUELA, cédula de identidad N°9.352.771-2, ya individualizado; a una pena de multa de UNA (01) Unidad Tributaria Mensual, que es proporcional al monto de la especie a la cual habría intentado sustraer, como AUTOR de un delito de HURTO FALTA, previsto y sancionado en el artículo 494 Bis del Código Penal, en perjuicio de la tienda, Falabella, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N°3470, comuna de Estación Central, por los hechos ocurridos el día 16 de octubre de 2019. 2.- Que se le tiene por cumplida la pena de multa con el tiempo que ha estado privado de libertad por esta causa, toda vez que además estuvo privado de libertad para comparecer a esta audiencia de juicio oral simplificado. 3.- Que, no se condena en costas por encontrarse representado por la defensoría penal pública, además por estar en situación de calle como lo ha indicado al inicio de la audiencia y por haberse recalificado el ilícito por el cual fue requerido. RIT N° 7672-2019 RUC N° 1901121850-7 DICTADO POR DOÑA VANIA DEL PILAR BOUTAUD MEJIAS, JUEZ TITULAR DEL SEXTO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. BBJRNWEYHS VANIA DEL PILAR BOUTAUD MEJIAS Juez de garantía Fecha: 04/01/2020 16:54:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ont
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Santiago, veintisiete de Diciembre dos mil diecinueve. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 27 de diciembre en curso, se realizó audiencia de juicio oral simplificado en causa Rit 7672-2019, en contra del requerido LEONEL ALFREDO ARANCIBIA VALENZUELA, cédula de identidad N° 9.352.771-2, domiciliado en calle ESMERALDA Nº 1151-B, comuna de Renca, actualmente en situación de calle;
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