MP C/ LUIS ENRIQUE TOLEDO SANTIBÁÑEZ
Rol
O-69-2019
Fecha
27 de diciembre de 2019
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos investigados ha evitado la realización de un juicio oral y causado con ello una economía al erario fiscal. Regístrese, notifíquese y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y artículo 4° del Decreto Ley N° 645 sobre el Registro Nacional de Condenas. Archívese oportunamente. Quedan los intervinientes presentes notificados en forma personal de todo lo obrado en audiencia. RIT N° 69 - 2019 RUC N° 1900044027-5 Dictada por don FELIPE ANDRES MUÑOZ HERMOSILLA, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Panguipulli. QFXFNXXVVS Felipe Andres Munoz Hermosilla Juez de garantía Fecha: 27/12/2019 12:37:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2019-12-27T12:37:36-0300 Corte Suprema Felipe Andres Munoz Hermosilla Verificación Legal
Fundamentos
considerando: Que en esta causa RIT Nº 69 - 2019, RUC Nº 1900044027-5, el Ministerio Público de Panguipulli presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra del requerido don LUIS ENRIQUE TOLEDO SANTIBÁÑEZ, Cédula Nacional de Identidad N° 17.462.729-0, domiciliado en camino a Padre Hurtado, Población Los Morros, calle las Torres N°033, comuna de San Bernardo. PARTE CONSIDERATIVA: Consta en el registro de audio. PARTE RESOLUTIVA:
Fallo
Se declara: I.- Que se condena a don LUIS ENRIQUE TOLEDO SANTIBÁÑEZ, Cédula Nacional de Identidad N° 0017462729-0, ya individualizado, como autor del delito consumado de hurto falta, delito previsto y sancionado en el artículo 494 bis del Código Penal, hecho cometido en esta jurisdicción el día 24 de enero de 2019, en perjuicio de la víctima GESTER ANTONIA PERDIGUERO HERMOSILLA, a las siguientes penas: QFXFNXXVVS Felipe Andres Munoz Hermosilla Juez de garantía Fecha: 27/12/2019 12:37:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 8 de septiem bre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl A) A la pena de MULTA DE UN TERCIO UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Se hace presente, que se le tiene, en este acto, por cumplida multa impuesta, atendido el mayor tiempo de privación de libertad que el requerido registra en razón de la presente causa. III.-Que se exime al sentenciado del pago de las costas del procedimiento, por cuanto al haber admitido responsabilidad en los hechos investigados ha evitado la realización de un juicio oral y causado con ello una economía al erario fiscal. Regístrese, notifíq
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JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA Y FAMILIA Etchegaray Nº 823, Fono 63 2 311 335 P A N G U I P U L L I S E N T E N C I A Panguipulli, veintisiete de diciembre de dos mil diecinueve. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: Que en esta causa RIT Nº 69 - 2019, RUC Nº 1900044027-5, el Ministerio Público de Panguipulli presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra del requerido don
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