Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua.

MP C/ GUILLERMO ALAIN DAVID FAÚNDEZ MUÑOZ

Rol

O-533-2019

Fecha

27 de diciembre de 2019

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO.- Ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituido por la magistrado Rocío Castello Cordero quien presidio y las juezas Marcela Paredes Olave y Gladys Medina Montecino, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa 533-2019, seguida en contra de GUILLERMO ALAIN DAVID FAUNDEZ MUÑOZ, 38 años, nacido el 02 de abril de 1981, soltero, sin oficio, rol único nacional N° 15.738.866-5, domiciliado en Villa Costa del Sol, pasaje El Estero block 28 depto. 316, Rancagua. Sostuvo la acusación del Ministerio Público, el fiscal Osvaldo Yáñez Ahumada y el acusado fue representado por el Defensor Penal Publico Juan José Rojas Rojas, ambos con domicilio y forma de notificar ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO.- Que, los hechos en que se fundó la acusación, según se lee en el auto de apertura fueron los siguientes: “El día 15 de junio del año 2018 alrededor de las 16.30 horas en circunstancias que funcionarios de carabineros efectúan un patrullaje preventivo, funcionarios del SEBV de Carabineros de Rancagua realizando labores propias de aquella sección, se percataron que en pasaje el Estero en dirección al norte al llegar a la Avenida el Sol de la población Costa del Sol de la comuna de Rancagua, transitaba el imputado Guillermo Faúndez Muñoz, respecto de quien se tenía conocimiento que mantenía una orden de detención vigente, procediendo a efectuar un control de identidad. Al consultar sus los antecedentes a través de la Central de Comunicaciones se corroboró que mantenía dos órdenes de detención vigente del juzgado de garantía de Rancagua, razón por la cual se procede a la detención. En la revisión de sus ropas, encuentran en la pretina de su pantalón en el costado derecho a un revólver de fogueo marca Olympic 38 y que en su cilindro mantenía 5 municiones de fogueo de color amarillo. Continuando con la revisión de este detenido, el imputado mantenía en el interior de su mochila 75 envoltorios de papel cuadr

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14 N ° 1, 11 Nª 9, 12 Nª 16, 15 N° 1, 18, 24, 26, 30, 49, 50, 68 y 70 del Código Penal; artículo 1° y 4 de la Ley 20.000; artículos 1, 2, 47, 295, 296, 297, 325, 340, 341, 342 y 348 del Código Procesal Penal, S E D E C L A R A: I. Que se condena, con costas, a GUILLERMO ALAIN DAVID FAUNDEZ MUÑOZ, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa, equivalente en pesos a dos unidades tributarias mensuales, como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° de la ley 20.000, detectado el día 15 de junio de 2018, en esta ciudad. II.- Si no pagare la multa impuesta sufrirá por vía de sustitución, la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual, sin que aquélla pueda exceder de seis (6 días) Atendido lo señalado en el motivo séptimo la pena deberá cumplirla de forma efectiva y una vez que satisfaga la condena que lo mantiene privado de libertad. Como abono a esta causa solo corresponde a un día de la detención. Se decreta comiso y destrucción de la droga incautada en el procedimiento motivo de este juicio. Ejecutoriada la presente sentencia remítanse los antecedentes al Juzgado de Garantía correspondiente para su cumplimiento y ejecución, ade

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL RANCAGUA 1 Rancagua, veintisiete de diciembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: PRIMERO.- Ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituido por la magistrado Rocío Castello Cordero quien presidio y las juezas Marcela Paredes Olave y Gladys Medina Montecino, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa 533-2019

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